El decreto 349/2018 promulgó la ley 27436 que castiga la simple tenencia de material pornográfico infantil, esto es "toda representación de un menor de 18 años dedicado a actividades sexuales explícitas o de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales".
La ley castiga con penas de tres y hasta seis años de prisión al que produzca, financie, comercie, publique o facilite por cualquier medio pornografía infantil.
También se castigará con hasta tres años a quien facilite el acceso a espectáculos pornográficos o le suministre material pornográfico a menores de 14 años.
Las penas serán un tercio más duras en el caso de que la víctima sea menor de 13 años. Hasta ahora la ley sólo castigaba con prisión la producción y comercialización de este tipo de imágenes.
Argentina se ubica en la franja de países con mayor circulación de pornografía infantil en el mundo. En algunas mediciones, se ubica 5to en el mundo. En otras, dentro de la franja de los primeros 10. El aumento de casos ha sido abismal: entre 2013 y 2018, aumentaron en un 222.280% los reportes de casos en Argentina. En 2013, el National Center of Missing and Exploited Children (NCMEC) reportó 21 casos. En 2018, 46.679, y se estima un aumento mayor para 2019.
La iniciativa, que promovieron desde el Senado, Dalmacio Mera, Julio Cobos y Federico Pinedo, entre otros unificó propuestas originales de distintos bloques para modificar el artículo 128 del Código Penal.
“Hoy los pedófilos están a medio paso de ser condenados y nuestros niños a medio camino de estar más seguros". "Viene a cubrir un vacío legal que no permitía avanzar en la intervención policial contra un eslabón no menor en la cadena de delitos relacionados a la pornografía infantil”, agregó el legislador por Catamarca.