miércoles 5 de agosto de 2026
POR “PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LA LIBERTAD AGRAVADA”

Ofreció $700 para la probation pero la denegaron

Para el fiscal, la violencia con la que habría cometido el delito que se le endilgó es un elemento a considerar.

Por Redacción El Ancasti

Jorge Maximiliano Sosa llegó a la Cámara Penal N° 3 imputado por el delito de “privación de la libertad agravada por la violencia”. En la madrugada del 24 de enero de 2017 circulaba en moto -junto con una persona que no fue identificada-, por la zona norte de la Capital. En un determinado momento interceptó a su víctima, un joven. El acusado sacó un arma de fuego, apuntó al joven y lo obligó a subir en la moto. Lo llevó a un barrio cercano. Para amedrentarlo, ejerció violencia y lo amenazó.

Su abogado defensor, Víctor García, a fin de obtener el beneficio de la suspensión del juicio a prueba, más conocida como probation, ofreció $700 a modo de indemnización. A la vez, informó que su cliente se comprometía a realizar trabajo comunitario y  seguir las pautas de conducta que se le establecieran.

A su turno, el fiscal de Cámara, Miguel Mauvecín, consideró que dada la calificación con la que llegó imputado podría corresponder hacer lugar al beneficio, dado que en caso de recibir una pena, ésta podría ser en suspenso. Sin embargo, por la gravedad del hecho y la violencia ejercida, reflexionó que no era procedente. De esta manera, se opuso al planteo de la defensa.
El juez César Marcelo Soria decidió no hacer lugar a lo solicitado por García para su cliente y la probation no fue concedida. Ante la negativa, se reprogramará una nueva fecha de audiencia para el debate oral y público.

La suspensión del juicio a prueba es un derecho que la ley acuerda a ciertos y determinados individuos que han sido acusados formalmente de haber cometido un delito o más que darían lugar a la condena condicional. La idea es que se suspenda el trámite del proceso para que el sospechado cumpla con ciertas pautas de conducta y, una vez cumplidas y transcurrido el plazo de suspensión, se resuelva su desvinculación definitiva. Es decir, queda absuelto. La suspensión del juicio a prueba no se puede conceder para todos los delitos, ni tampoco a todas las personas sospechadas de cometerlos y, además, se tienen que dar varios requisitos.

En abril de 2018, un joven acusado por el delito de “encubrimiento agravado por receptación y ánimo de lucro en calidad de coautor” –comúnmente conocido como “cobro de rescate” por una moto- para evitar ser juzgado, había ofrecido $500.

Sin embargo, el fiscal de Cámara Rubén Carrizo no dio su consentimiento porque consideró, en relación con la política criminal, que el robo de motos registra una alta tasa delictiva, al igual que el “cobro de rescate” y que la comisión de este delito implica una organización. Finalmente, la probation fue denegada.

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