sábado 1 de agosto de 2026
DEBATE EN LA CÁMARA PENAL DE SEGUNDA NOMINACIÓN

Padre acusado de abuso sexual se mantuvo en silencio

Los ultrajes habrían ocurrido entre 2011 y 2013 en el interior de la provincia, pero recién fueron denunciados el año pasado.

Por Redacción El Ancasti

Un hombre llegó a la Cámara Penal de Segunda Nominación para ocupar el banquillo de los acusados. Sobre él pesa una fuerte imputación: “Abuso sexual simple triplemente agravado por el resultado del daño en la salud mental de la víctima, por el vínculo y porque el hecho fue cometido contra un menor de 18 años de edad, aprovechándose de la situación de convivencia preexistente, hecho continuado”. El abuso se habría consumado entre 2011 y 2013 en una pequeña localidad del interior provincial, pero recién el año pasado se denunció. El acusado es el padre y, por entonces, su hija tenía entre 9 y 11 años.

Por tratarse de un delito de instancia privada, el debate se desarrolló a puertas cerradas, a fin de resguardar la identidad de la hoy adolescente. No obstante, fuentes consultadas por El Ancasti indicaron que el acusado cuenta con el asesoramiento del abogado Pablo Vera Aráoz. En tanto que el Ministerio Público Fiscal es representado por el fiscal Gustavo Bergesio. El Tribunal está integrado por los jueces Luis Guillamondegui, Jorge Álvarez Morales y Rodrigo Morabito.

Según se indicó, el imputado se abstuvo de declarar. Durante toda la mañana, en la primera audiencia, desfilaron ante el estrado seis testigos, entre ellos la adolescente, la médica denunciante, la perito psicóloga actuante y tres vecinos de la localidad citados por la defensa.

Pasado el mediodía, se decidió pasar a un cuarto intermedio. Se prevé que hoy se reanude el debate y que las partes emitan sus conclusiones finales. Probablemente los magistrados den a conocer el veredicto. De acuerdo con el Código Penal Argentino, la imputación que pesa sobre este hombre estipula una pena de entre tres a 10 años de prisión.

El abuso sexual en la infancia (ASI) es una de las formas de violencia más grave que pueden sufrir niños, niñas y adolescentes. En la mayoría de los casos, el victimario suele ser un integrante del círculo familiar íntimo. En octubre pasado, el Senado de la Nación sancionó una ley que obligará al Estado a actuar de oficio ante los delitos de abuso sexual infantil. Hasta ahora, este tipo de casos eran considerados de orden privado, es decir que la acción penal solo podía ser iniciada a instancias de la víctima o de sus familiares o tutores.

La flamante norma modifica el artículo 72 del Código Penal Argentino (CPA) y convierte en carácter de orden público este tipo de delitos. Así, la acción ante la Justicia podrá ser iniciada por cualquier persona y el Estado, a través de los fiscales, estará obligado a llevar adelante las investigaciones correspondientes. Se elimina el requisito de la denuncia de los representantes legales del niño, niña o adolescente como condición para proceder, no solo resguardando sus derechos superiores consagrados por pactos internacionales e incorporados en nuestra Constitución, sino que hasta protegiéndolos de los propios integrantes de su familia y sus representantes, quienes como lamentablemente ocurre en sinnúmero de casos, son los autores de la agresión contra ellos, explicaron los especialistas.

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