lunes 19 de octubre de 2026
en el juzgado correccional de primera nominación

Condena de tres años de prisión efectiva por manosear a una niña

El acusado, un hombre de 60 años, había llegado a debate en libertad. Tras el veredicto, salió esposado hacia el Penal.

Por Redacción El Ancasti

Saúl Clemente Aguilar (60) llegó a la sala de audiencias del Juzgado Correccional de Primera Nominación para ocupar el banquillo de los acusados. Debía responder por el delito de “abuso sexual simple”. En diciembre de 2016 había manoseado a una niña de seis años en Fray Mamerto Esquiú.

Por tratarse de un delito de instancia privada, la audiencia se realizó a puertas cerradas. No obstante, de acuerdo con información a la que accedió este diario, entre el victimario y la niña no había un vínculo familiar aunque el acusado, al momento del ultraje, se encontraba viviendo de manera transitoria en la casa de un pariente de esta nena.

El debate se realizó en una audiencia. Para el fiscal Alejandro Dalla Lasta Baroni, la Cámara Gesell y las pericias arrojaron resultados contundentes: hubo un manoseo aunque no fue prolongado en el tiempo. El representante del Ministerio Público Fiscal pidió una pena de tres años de prisión efectiva; al mismo tiempo, solicitó su inmediata detención, al considerar que había peligrosidad procesal. Por su parte, la defensa oficial del imputado solicitó la absolución por el beneficio de la duda.

El juez Marcelo Forner falló de acuerdo con lo planteado por el fiscal Dalla Lasta Baroni. Tras el veredicto, el hombre fue esposado y trasladado al Servicio Penitenciario Provincial, ubicado en Miraflores, Capayán.

El abuso sexual en la infancia (ASI) es una forma de violencia contra niños, niñas y adolescentes. Especialistas en la materia advierten que la mayoría de los abusadores es familiar de primer grado, llámese tíos, padrastros, padres, abuelos o hermanos. También indicaron que, por lo general, los casos se revelarán durante la adolescencia, cuando pueden romper el pacto de silencio, es decir cuando el niño o la niña ya no sienta temor por las amenazas de su agresor sexual.

La denuncia penal y ante las autoridades de protección es fundamental. La primera persona que sospecha o se entera del caso debe canalizar el proceso de denuncia. Si la revelación del abuso ocurre en una institución no hace falta que el superior lo haga. Si éste no quiere, puede hacerlo alguien de menor jerarquía. Es importante poner en funcionamiento la estructura estatal y no intentar manejarlo solo, sobre todo teniendo en cuenta la complejidad de las situaciones que se presentan; es necesario trabajar desde la articulación institucional (equipos de orientación escolar, centros de salud, servicios de salud mental, servicios de protección, servicios jurídicos, entre otros). De esta forma se evita que la víctima cuente muchas veces lo mismo a distintas personas. Hay que preservar el testimonio lo más que se pueda y hacer que relate la situación la menor cantidad de veces.

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