sábado 25 de julio de 2026
En la Cámara de Sentencia en lo Penal Juvenil

Se rechazó el planteo de nulidad por la causa de Las Grullas

Por Redacción El Ancasti

La Cámara de Sentencia del Tribunal Penal Juvenil resolvió rechazar el planteo de nulidad presentado por la defensa de uno de los acusados del violento robo al local Las Grullas. Este hecho sucedió en julio del año pasado en la zona oeste de la Capital. 
Dos jóvenes están acusados, Daniel Eduardo Casas (21) y otro muchacho que en el momento del hecho era un adolescente de 17 años. Casas era empleado del local asaltado y fue imputado por el delito de "robo doblemente agravado por ser cometido por arma de fuego y por la participación de un menor de edad"; el adolescente fue imputado por el delito de "robo agravado por el uso de arma de fuego".

El abogado defensor Fernando Contreras la semana pasada realizó un planteo de nulidad ante la Cámara de Sentencia del Tribunal Penal Juvenil, integrada por los jueces Rodrigo Morabito, Fabricio Gershani Quesada y Jorge Palacios. De acuerdo con información a la que accedió El Ancasti, el planteo no pudo prosperar debido a que la defensa no logró establecer concretamente el interés lesionado de su defendido en el proceso y, en consecuencia, no se determina perjuicio alguno para con el adolescente. Además, se destacó que si bien el chico permanece imputado, actualmente está libre.
Para esta Cámara el planteo tampoco puede prosperar porque el sistema penal vigente no admite la declaración de nulidad de los actos procesales por la nulidad misma, sino solo en cuanto lesiona el interés de las partes, por lo que se consideró que la defensa no pudo lograr definir el propósito de su planteo.

A finales de abril, la Cámara Penal de Tercera Nominación resolvió declararse incompetente y, a la vez, remitió el expediente a la Cámara de Sentencia del Tribunal Penal Juvenil porque el adolescente era menor cuando se cometió el robo por el que se lo acusó. También, los magistrados pusieron a disposición de este Tribunal al imputado Casas. A fin de dirimir la competencia, se resolvió que le corresponde el juzgamiento de este adolescente imputado “al Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil -en función al principio de especialidad y fuero de atracción-”.

Seguí leyendo

Te Puede Interesar