"Lobito’ tuvo una actitud dolosa”, remarcó el fiscal Gustavo Bergesio en su alegato. Nery Gustavo “Lobito” Varas debía responder en la Cámara Penal de Segunda Nominación por los delitos de “lesiones leves”, “amenazas” y “lesiones graves”. Había llegado a debate en libertad y, si bien salió de la sala de audiencias por sus propios medios y sin esposas, al final de la jornada tuvo una condena en suspenso.
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Pena de dos años y seis meses en suspenso para “Lobito” Varas
En mayo de 2015, Romina Alejandra Fernández y Úrsula Magalí Fernández, primas de “Lobito” Varas, circulaban en moto por Villa San Roque, en Tinogasta. Su primo venía en sentido contrario; cuando las vio, cruzó de carril y les pateó la moto. Las chicas perdieron el control y derraparon. Luego de verlas en el suelo, las amenazó mostrando un cuchillo, mientras les decía que les haría daño y que mataría a su hermano. Meses después, durante la madrugada del domingo 14 de febrero, también en Tinogasta, había apuñalado a su primo Rodolfo Fernández –hermano de las chicas que protagonizaron el incidente con la moto-, quien por entonces era un adolescente de 17 años. Su vida había corrido peligro.
En la instancia de alegatos, Gustavo Bergesio, el representante del Ministerio Público Fiscal, indicó que Varas “tuvo una actitud dolosa” y que además la consumó. En relación con la imputación por “amenazas”, advirtió que si tenía un cuchillo en la mano, el delito se encuadra en “amenazas agravadas”. Para el fiscal “no se puede dejar pasar a alguien que se maneja casi impunemente”.
En tanto que por el hecho más grave, destacó que los primos habían peleado momentos previos en la plaza. Si bien desistieron de la pelea, volvieron a ese lugar al cabo de un rato. Según Bergesio, “Lobito” estaba decidido a provocar daño y “quizás ayudó algún encono con la familia. Lo punzó con un cuchillo que encontró en una panchería. No hay duda de que estuvo en peligro su vida”. Sin embargo, admitió que la vida de “Lobito” tiene un “futuro comprometido por la falta de apoyo y que en el ambiente donde vive el consumo de alcohol, las peleas y también la portación de algún elemento cortante son moneda corriente. Por ello, pidió una pena de tres años de prisión efectiva y que de inmediato sea trasladado al Servicio Penitenciario. No obstante, aclaró que de aplicarse una pena en suspenso, debe disponerse alguna medida perimetral.
Defensa
A su turno, Nolasco Contreras, defensor penal oficial, consideró que hubo un “déficit en la etapa preparatoria”. Al respecto, en relación con el hecho de las primas, hizo hincapié en que no apareció el arma aunque sí hubo lesiones. A su entender, tampoco se acreditó que hubo amenazas. Por estos hechos, pidió la absolución para su defendido. En cuanto al hecho más grave, aclaró que en el interior provincial “el sistema médico es deficitario y se deriva sea cual sea la naturaleza del hecho”. Para el defensor, no quedó acreditada “la pelea familiar de vieja data”. A criterio del defensor, “a lo sumo hubo un problema de alcohol. Fue un hecho aislado y casual”.
Por ello, manifestó su desacuerdo con el representante del Ministerio Público Fiscal y pidió la absolución para su defendido. Sin embargo, aclaró que en caso de que sea declarado culpable, se lo condene con una pena mínima y en suspenso.
Veredicto
Finalizados los alegatos, Varas no quiso hacer uso de su derecho a expresar una última palabra. El juez Rodolfo Bustamante pasó a un breve cuarto intermedio, a fin de tomar una decisión. Tras deliberar, lo halló culpable en los tres delitos por los que venía imputado y lo condenó a la pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso, más pautas de conducta. De esta manera, “Lobito”, aun con condena, permanece libre.