En el ámbito de la Cámara Penal de Primera Nominación finalizó un debate por un caso de violencia de género. Un hombre llegó imputado por los delitos de “lesiones graves calificadas por haber mediado una relación de pareja”, cuatro hechos de “desobediencia judicial”, “violación de domicilio” y “desobediencia a la autoridad judicial”. Los hechos datan de agosto de 2018 y se registraron en la Capital. Según se precisó, la agresión provocó lesiones en el rostro de la mujer que lo denunció. La primera audiencia de debate se realizó el jueves. En esa oportunidad, la mujer ratificó cada una de las denuncias oportunamente asentadas. En tanto que el imputado se defendió de las acusaciones. Negó los hechos y dio su propia versión de lo sucedido.
Ayer, las partes formularon sus alegatos. El fiscal Víctor Figueroa mantuvo la acusación. A la vez, solicitó una pena de cinco años de prisión. En tanto que el abogado de la querella y de la acción civil Benjamín Burgos solicitó el pago de una indemnización en concepto de daños psicológico y moral. Mientras que Fernando Contreras, abogado de la defensa, solicitó la absolución para su pupilo procesal o, en su defecto, que baje la calificación por el delito de “lesiones graves calificadas por haber mediado una relación de pareja”.
Tras un cuarto intermedio, el juez Carlos Moreno dio a conocer el veredicto. Halló al acusado culpable por los delitos por lo que venía incriminado. En consecuencia, resolvió condenarlo a la pena de tres años de prisión en suspenso; deberá cumplir con una serie de pautas de conducta. A la vez, fijó la suma de $150.000 en concepto de indemnización.
En el ámbito penal, las causas relacionadas con violencia de género no admiten la posibilidad de la probation ni tampoco de la mediación. En mayo de 2018, la Corte de Justicia de Catamarca sentó un precedente al indicar en un fallo que “es necesario realizar el juicio, tal como lo exige el artículo 7 de la Convención de Belem Do Pará”.
Problemática social
La violencia de género se convirtió en un problemática social en todos los estratos sociales. Se puede manifestar de distintas maneras.
Violencia física. Es la más visible y reconocida. Se trata de todo acto en que se inflige un daño físico a la víctima que a través de la agresión directa.
Violencia psicológica. La víctima se ve humillada, minusvalorada y atacada psicológicamente. Dicho ataque puede ser directo y realizado activamente en forma de insultos y vejaciones o bien llevado a cabo de un modo más pasivo, desvalorizando a la pareja sin que ésta considere que está sufriendo un ataque.
Violencia sexual. Cuando una persona es forzada o coaccionada para llevar a cabo actividades de índole sexual en contra de su voluntad, o bien en que la sexualidad es limitada o impuesta por otra persona.
Violencia económica. Se basa en la reducción y privación de recursos económicos a la pareja o su prole como medida de coacción, manipulación o con la intención de dañar su integridad.
Violencia patrimonial. Se considera como tal la usurpación o destrucción de objetos, bienes y propiedades de la víctima con intención de dominarla o producirle un daño psicológico.
Violencia simbólica. Naturaliza situaciones que no son naturales, como la violencia o la falta de respeto a las mujeres.