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LO HIZO LA SUBSECRETARÍA DE FAMILIA. HABRÍAN OCURRIDO EN 2017

Denunciaron presuntos apremios a dos adolescentes infractores

Dos chicos habrían ingresado al Centro de Admisión y Derivación luego de haber pasado por una comisaría.
28 de septiembre de 2018 - 04:06 Por Redacción El Ancasti

En la espera por la promulgación de la flamante Ley 5.544 de Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil, “hay un niño en la calle”, como dice la canción y el Estado debe “cuidar que no haya infancia dispersa por las calles”. En ese grupo de infancia, los chicos presuntos infractores ameritan un abordaje especializado. Sin embargo, en el plan de un correcto tratamiento, hubo fallas o, al menos, indicios que llamaron la atención. La Subsecretaría de Familia, organismo que tiene a su cargo el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, denunció oportunamente por sospecha de apremios a dos adolescentes presuntos infractores.

Marina Losso, subsecretaria de Familia, contó que los hechos habrían ocurrido el año pasado. Los chicos habían ingresado al Centro de Admisión y Derivación (CAD), luego de haber pasado por una comisaría. Uno de ellos presentaba visibles lesiones. En tanto que el informe médico que se le realizó al otro adolescente indicaba que no tenía lesiones, no obstante, si estaba golpeado. Ante la sospecha de posibles apremios ilegales, la Subsecretaría realizó las acciones correspondientes y denunció en la Fiscalía General.

Además, con relación a los ingresos en el CAD, Losso precisó que entre mayo de 2017 y mayo de este año, el 52 % de los casos corresponden a adolescentes punibles; el 48 % corresponde a niños, niñas y adolescentes que pudieron haber cometido algún delito, pero están por debajo de la edad de imputabilidad o se encuentran en estado de riesgo o abandono. De acuerdo con un informe elaborado por esta Subsecretaría, se advierte que en este período, hubo siete ingresos de niños de entre ocho y nueve años, 21 de chicos de entre 10 y 11 años; 105 de niños de entre 12 y 13 años; 131 de adolescentes de 14 años; 193 de chicos de 15; 241 ingresos de chicos de 16 años y 262 ingresos de adolescentes de 17. Es decir, de 503 ingresos al CAD de chicos de entre 16 y 17 años, 262 ingresos corresponden a infracciones a la Ley Penal. Al mismo tiempo, aclaró que la cantidad de ingresos no es igual a la cantidad de chicos que ingresan: un mismo chico pudo haber ingresado al CAD en más de una ocasión y por distintas causales.

503

Ingresos al Centro de Admisión y Derivación corresponden a chicos de entre 16 y 17 años. Un mismo chico pudo haber ingresado al CAD en más de una ocasión y por distintos motivos.

De esta manera, con este informe, Losso respondió al informe presentado por la asociación Demos, sobre la criminalización de la infancia en Catamarca. La funcionaria explicó que dentro de su órbita funciona el CAD como un dispositivo de atención judicial y asistencia especializada para los adolescentes infractores. “Se trabaja bajo lo normativa de la Ley Nacional 26.061 y la Provincial 5.357 ambas de Protección Integral de los Derechos de chicos y chicas, el Decreto Ley 22.278 del Régimen Penal de la Minoridad y en etapa de adecuación de la Ley Provincial 5.544 de Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil, recientemente sancionada. Fue creado a los fines de evitar el alojamiento en comisarías de niños, niñas y adolescentes aprehendidos por la fuerza policial. También, para que los chicos reciban un trato especializado desde el momento de la aprehensión, garantizando un procedimiento acorde a las garantías constitucionales”, explicó.

A la vez, la funcionaria consideró que el derecho penal no debería relacionarse con la niñez y la adolescencia. Sin embargo, admitió que la realidad muestra que un porcentaje de este grupo, en algún momento, será captado por el sistema de control social, la Policía. “Es por ello que si esto ocurre, como miembros del Sistema de Protección no podemos desligarnos de la situación. Debemos intervenir a los fines de minimizar las situaciones de violencia y garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes. Esa es nuestra misión”, expresó.

Informe

La asociación Demos elaboró un informe sobre ‘Criminalización de la infancia pobre en Catamarca’. El juez de Menores, Rodrigo Morabito, salió al cruce y cuestionó el informe. De acuerdo con datos recabados por “Demos”, en el periodo que comprende año 2017 y mayo de 2018 -exceptuándose noviembre y diciembre de 2017-, fueron detenidos 805 menores de 18 años por orden judicial, implicando ello la intervención policial y del órgano administrativo de protección de la infancia a cargo del Ministerio de Desarrollo Social.

Al respecto, el juez de Menores advirtió que tales datos no citaron fuente. Al mismo tiempo, remarcó que “menores de 12 años no mandé a detener nunca. Jamás ordené la detención de un chico de ocho, nueve o 10 años. Es imposible porque no se los puede detener y porque la orden de detención es escrita y fundamentada. No puedo mandar a detener a quien luego no puedo procesar”, precisó.

Más de seis años de espera por una Ley

El pasado 30 de agosto, la Cámara de Senadores sancionó la Ley Provincial 5.544 de Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil. Debieron pasar seis años y cuatro meses, cuatro proyectos presentados en la Legislatura catamarqueña, lamentar la muertes de cuatro adolescentes calcinados en una Alcaidía de Menores, tomar conocimiento de unos cinco intentos de incendio en otros dispositivos de alojamiento para chicos infractores y que se presentaran planteos de nulidades por parte de los defensores para que finalmente Catamarca pueda tener su Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil.

La sanción fue por unanimidad. El propósito fundamental de esta norma es “garantizar los principios de inocencia, debido proceso, especialidad y juez natural, conforme a las disposiciones de la Constitución Nacional, Tratados Internacionales de Derechos Humanos con jerarquía constitucional, Leyes Nacionales y de la Constitución Provincial”.

No solo se da a los adolescentes presuntos infractores un marco de legalidad, sino que también se les podrá dar respuesta a las víctimas, dado los planteos de nulidad presentados por las defensas, ‘trabaron’ las causas. En un plazo de 90 días, la flamante norma debe estar promulgada.

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