jueves 28 de marzo de 2024
Absolución en el juzgado correccional de segunda nominación

“Homicidio culposo”, sin culpable

Por Redacción El Ancasti

A casi una semana de los alegatos por la muerte de Elvis Corzo (24), en un siniestro vial fatal ocurrido el 17 de abril de 2013, en el Juzgado Correccional de Segunda Nominación, el juez Luis Mario Varela dio a conocer su veredicto. Decidió absolver a Ramón Juan Carrizo, quien venía imputado por el delito de “homicidio culposo”. Además, no hizo lugar al pedido de la acción civil, que había solicitado un pago de $2.000.000.

La fiscal Olga Pereyra había pedido dos años de prisión en suspenso y seis años de inhabilitación para conducir. En tanto que la abogada Natalia Páez, en representación de la querella y de la acción civil, adhirió al pedido de la representante del Ministerio Público Fiscal y también solicitó el pago de la indemnización.

A su turno, Diego Aguiar, abogado defensor, solicitó que su cliente sea absuelto por el beneficio de la duda. Destacó que la moto no tenía freno delantero, que las cubiertas estaban en mal estado y que no contaba con espejo retrovisor. “Existe culpa en la víctima, con responsabilidad primaria. Voló dos metros; nadie muere por venir despacio”, advirtió.

En tanto que Estanislao Reinoso Gandini, en defensa de la Municipalidad de la Capital, aclaró que el Centro Integral de Salud (CIS, ex Humaraya) –donde se produjo el siniestro vial fatal- pertenece al Ministerio de Salud de la Provincia y no a la comuna capitalina, y que la señalización corresponde al Ministerio de Obras Públicas de Catamarca. Para el abogado, la víctima fatal “tuvo responsabilidad” y, al mismo, tiempo, la Municipalidad no debe responder por ‘daño moral ni psicológico’.

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