Hugo Raúl Pérez se sentó en el banquillo de los acusados, el pasado 26 de abril, en el Tribunal Oral Federal (TOF); estaba imputado por el delito de “transporte de estupefacientes”. Fue juzgado, con la modalidad de debate abreviado, por el juez federal José Camilo Quiroga Uriburu. Reconoció el hecho, por lo que su abogado defensor, Víctor García, y el representante del Ministerio Público Federal, Rafael Vehils Ruiz, acordaron una pena de cuatro años y seis meses. También, se fijó una multa económica de $2.000.
El 25 de enero de 2016, Pérez conducía un taxi y fue detenido con 24 kilogramos de marihuana, cerca de la medianoche cuando venía de Tucumán. El arresto se produjo en la Ruta Nacional Nº38, en las inmediaciones al Puesto Caminero de El Portezuelo. Viajaba solo y traía la droga camuflada en el automóvil, en su portaequipajes, debajo de la rueda de auxilio. Habría sido detectada por los perros amaestrados. Desde entonces, está privado de la libertad en el Servicio Penitenciario Provincial de Miraflores, Capayán.
De acuerdo con la fundamentación, a la que El Ancasti tuvo acceso, tales circunstancias fueron debidamente comprobadas, al mismo tiempo el propio acusado reconoció lo sucedido. Esta sustancia “se encontraba embalada en diversos paquetes y ubicada en la parte posterior del rodado marcha Chevrolet, modelo Corsa Classic que conducía el procesado de mención, desde la provincia de Tucumán con destino final a Catamarca”. Por ello y por el reconocimiento sobre la existencia del hecho, resulta “su participación penalmente responsable y con la conformidad prestada”.
Al momento de establecer la pena, se valoró “en su integridad, en primer lugar, el informe socio ambiental”. El acusado terminó los estudios secundarios, no presenta alteraciones morbosas en sus facultades mentales ni cuenta con antecedentes penales computables en su contra. Además, “Pérez lleva adelante tareas de carácter deportivas dentro de la institución penitenciaria, actividad que le permitió poder colaborar en la readaptación social no solo de su persona, sino también en la de sus compañeros, lográndose con ello un mayor sentido de compañerismo fruto de los lazos forjados mediante el practicar de un deporte”.
Pérez participa en el taller deportivo en contexto de encierro que comenzó a funcionar en el Penal, hace menos de un año; en ese espacio, practica rugby y se convirtió en uno de los jugadores de Los Awkas –nombre de este equipo-. Como tenía conocimientos sobre este deporte, Pérez es uno de los referentes de Los Awkas.
Delito
Detallado y acreditado el hecho cometido por Pérez, el que respondió por el delito de “transporte de estupefacientes”, de acuerdo con lo prescripto por el artículo 5 inciso “C” de la Ley Nacional 23.737 que prevé expresamente que “será reprimido con prisión de cuatro a 15años y multa de $225 a $18.750 a quien sin autorización o con destino ilegítimo comercie con estupefacientes, precursores químicos o cualquier otra materia prima para su producción o fabricación o los tenga con fines de comercialización o los distribuya o dé en pago o almacene o transporte”.
El magistrado indicó que “el transporte de estupefacientes es por antonomasia, entre los delitos del tráfico ilícito, uno de los injustos más característicos y propio de la actividad delictiva, debido a que más allá del abyecto propósito de lucro en desmedro de la sistemática destrucción de la salud pública –de los otros injustos del tráfico- por la dinámica y el efecto propagador de la droga procederes que lo integran. Para que la droga llegue desde los centros de producción hasta los sitios de consumo habitual, inexorablemente, debe ser transportada”. Es el mismo orden de ideas, explicó que “el transporte de estupefacientes implica un traslado de un lugar a otro del país”.