En el transcurso de la semana, la Corte de Justicia de Catamarca resolvió hacer lugar al planteo presentado por las hermanas Irma y Eleodora Ibáñez. En octubre de 2016, en la localidad de Los Molle, departamento Santa Rosa, las mujeres fueron brutalmente agredidas con un machete por su sobrino Mario Ibáñez –se ganó el mote de “machetero de Los Molle-, por lo que fue imputado y, a finales del año pasado, debía sentarse en el banquillo de los acusados de la Cámara Penal de Primera Nominación. Sin embargo, el sobrino ofreció un resarcimiento de $700 y pidió la suspensión del juicio a prueba, más conocida como ‘probation’.
El fiscal Jorge Silva Molina no se opuso al pedido y el juez, Carlos Roselló, concedió el beneficio. Las hermanas decidieron presentar un recurso ante el máximo tribunal de justicia catamarqueño y casaron la sentencia. A principios de abril pasado, se concretó la audiencia de expresión de agravio. Ariel Díaz Sosa, abogado que representó a las hermanas Ibáñez, comentó que se puso énfasis en la violencia de género que sufrieron las mujeres. Al mismo tiempo, consideró que esta causa podría marcar un precedente. El abogado insistió en el cambio de calificación, al advertir que se trató de un “homicidio agravado por femicidio en grado de tentativa”. Para Díaz Sosa, Ibáñez tenía la intención de matar y el elemento para tal fin. Sin embargo, aclaró que, de llegar a debate, se podrá determinar la culpabilidad o inocencia.
Por último, en la audiencia solicitó que el fiscal de esta Cámara Penal como el juez que concedió la probation sean recusados, a fin de resguardar la imparcialidad. Según Díaz Sosa, la suma ofrecida para gozar del beneficio de la probation es “miserable”. También destacó que existen procedentes negativos de suspensión del juicio a prueba ante otras causas por violencia de género.
Ante esta solicitud, la Corte de Justicia por unanimidad dio lugar a lo solicitado por las hermanas Ibáñez y puso que se realice el debate. No obstante, no se hizo lugar al pedido de apartamiento del juez. Para Díaz Sosa, este fallo de la Corte catamarqueña sentó un nuevo precedente con relación a la violencia de género. Ahora, la Cámara Penal de Primera Nominación deberá fijar una nueva audiencia.
En los primeros días de octubre de 2016, las hermanas Ibáñez discutían con su sobrino Mario, aparentemente por unas tierras. El joven Ibañez las atacó con un machete. En el marco de esta pelea, una adolescente, hija de una de las tías, intervino para ayudarlas. Eleodrona fue internada en la Unidad de Terapia Intensiva y su vida estuvo en peligro; su hermana Irma fue asistida por lesiones de menor consideración. Todo habría ocurrido ante la mirada de los padres del agresor. En un principio fue imputado por “homicidio en grado de tentativa”, finalmente la calificación fue “lesiones gravísimas”.
Registro
En agosto del año pasado, el juez Luis Mario Varela del Juzgado Correccional de Segunda Nominación negó el beneficio de la probation a un hombre de 35 años que en diciembre de 2013, en el marco de una discusión con su pareja, la agarró de un brazo y la amenazó de muerte. El magistrado consideró al pedido como improcedente. “Esto es violencia de género. Consecuentemente no se puede prescindir del debate”, remarcó.