sábado 8 de agosto de 2026
Trabajaba en el Banco Nación de Recreo, La Paz

El Tribunal Federal no concedió la "probation" a imputado por estafa

El beneficio fue negado por tratarse de un empleado público. Deberá esperar la fecha para el juicio.

Por Redacción El Ancasti

En el Tribunal Oral Federal (TOF) inició un debate de “estafa en perjuicio a la administración pública”. El imputado es Pablo Augusto Merep, quien fue denunciado en febrero de 2012 porque entre agosto de 2011 y octubre de ese mismo año había realizado débitos y pase de fondos. 


Su abogado defensor Luciano Rojas había pedido la suspensión del juicio a prueba, más conocida como ‘probation’ para su defendido. Merep había ofrecido, en 2014, un pago de $3.000. El defendido de Rojas no tiene condenas ni registra antecedentes. 


En tanto que el fiscal ante el TOF Rafael Vehils Ruiz se opuso, al considerar que Merep tenía un empleo en la administración pública. Advirtió que la jurisprudencia distingue al ejercicio de la función pública y que en estos casos no se puede acceder al beneficio de la probation.


Indicó que Merep se desempeñaba como ‘jefe de Base de Operaciones’, “un cargo jerárquico”. Para el fiscal, el imputado había realizado el desvío de fondos, “aprovechando su función jerárquica”. Por ello, consideró que no se puede reemplazar el juicio con una alternativa porque se trata de un caso de “corrupción”.


Según Vehils Ruiz, con la concreción de este debate, surge una idea preventiva, en la sociedad, de la pena para este tipo de delitos. “En caso de corrupción, serán juzgados en un juicio oral y público”, debe ser el mensaje, opinó el funcionario judicial. También, en relación con la imputación a Merep, señaló que se trata de un “hecho doloso y criminal en sus funciones públicas, abusando de su cargo”. 
A su turno, Guillermo Díaz Martínez, representante de la querella y de la acción civil, adhirió al fiscal Vehils Ruiz. De esta manera, coincidió en la realización de un juicio oral y público.


Luego de un cuarto intermedio de 15 minutos, el juez federal José Camilo Quiroga Uriburu no hizo lugar al pedido de probation, habida cuenta de que Merep se desempeñaba laboralmente

en el ámbito público. 
Al inicio de la audiencia, Merep contó que trabaja en una panadería, como repartidor. Sobre su estado de salud, remarcó que tiene diabetes y que es insulinodependiente. 

Pena
El Código Penal Argentino establece en el artículo 172 que será reprimido con prisión de un mes a seis años, el que defraudare a otro con nombre supuesto, calidad simulada, falsos títulos, influencia mentida, abuso de confianza o aparentando bienes, crédito, comisión, empresa o negociación o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño. Merep está imputado por una infracción a este artículo en función al artículo 175. Según la denuncia, realizó traspasos de fondos y débitos a su favor.


“Será reprimido con multa de mil pesos a quince mil pesos: el que encontrare perdida una cosa que no le pertenezca o un tesoro y se apropiare de la cosa o la parte del tesoro correspondiente al propietario del suelo, sin observar las prescripciones del Código Civil”, dice la norma, entre otras cuestiones. 

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