viernes 7 de agosto de 2026
Violencia de género

Condenaron a tres años de prisión en suspenso a un hombre por cometer hechos de violencia contra su expareja

El hombre reconoció su responsabilidad por coacciones, daños, lesiones y privación ilegítima de la libertad. Además, deberá cumplir reglas de conducta.

El fiscal Correccional N° 3, Víctor Figueroa, mantuvo la acusación durante el juicio realizado ante el Juzgado Correccional N° 3. Concluido el debate, el juez Javier Herrera declaró culpable al imputado y lo condenó a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por los delitos de "coacción" (dos hechos), "daños", "lesiones leves calificadas por haber mediado una relación de pareja" y "privación ilegítima de la libertad", todos en concurso real y en calidad de autor.

El juicio se llevó a cabo en la sala de audiencias del Juzgado Correccional N°3 y durante el mismo, el imputado, asistido por su defensa particular, reconoció su responsabilidad en los hechos. Ante ello el fiscal solicitó pasar a alegatos.

En los alegatos, el fiscal solicitó la pena de tres años de prisión en suspenso, con la imposición de reglas de conducta, pretensión que fue receptada por el magistrado en la sentencia.

Los hechos por los que fue condenado ocurrieron el 30 de noviembre de 2024 en la ciudad Capital, en un contexto de violencia ejercida contra quien era su pareja conviviente. De acuerdo con la acusación sostenida por el Ministerio Público Fiscal, el hombre la amenazó en dos oportunidades, dañó su teléfono celular, la agredió físicamente provocándole lesiones leves y, posteriormente, le impidió salir de la vivienda durante algunos minutos, privándola ilegítimamente de su libertad.

Además de la pena impuesta, el juez dispuso que el condenado deberá cumplir durante tres años una serie de reglas de conducta, entre ellas fijar residencia y someterse al control del Patronato de Liberados, abstenerse

de consumir estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas, no mantener ningún tipo de contacto con la víctima, realizar tratamiento psicológico conforme indicación profesional y acreditar la capacitación en violencia de género en el marco del dispositivo interinstitucional "Ley Micaela – Masculinidades en clave de cuidado".

En resguardo de los derechos de las personas involucradas y conforme a los criterios institucionales aplicables en materia de violencia de género, el Ministerio Público Fiscal no difunde la identidad del condenado ni de la víctima.

Seguí leyendo

Te Puede Interesar