La Cámara de Apelaciones resolvió no hacer lugar al planteo presentado por el abogado representante de la querella de las artesanas que denunciaron haber sido maltratadas por policías. En la causa se imputó a una sola policía por el delito de "severidades”, por lo que la querella presentó una queja solicitando el cambio de caratula en la causa. El tribunal de alzada rechazó el planteo por tratarse improcedente la oposición ya que la querella no reviste legitimidad para tal acto. El Código Procesal legítima solo a la defensa del imputado a oponerse.
Pamela Carolina Romero y Andrea Lourdes Fabiana Orellano, las artesanas, quienes durante una marcha de Ni Una Menos denunciaron que el 29 de mayo de 2015 fueron detenidas cuando intentaban vender sus manualidades en Peatonal Rivadavia y que mientras estuvieron alojadas en la Comisaría Primera, sufrieron torturas por parte de varios oficiales. Según consta en la denuncia efectuada, las víctimas habrían reconocido a dos de los supuestos torturadores: Yasmín Moya y Horacio Giménez, sin embargo, con el avanzar de la causa, solo Moya quedó como imputada por "severidades”.
Ante ello el abogado Aldo Sebastián Vergara Duveaux que representa a la querella de las víctimas presentó un recurso de queja contra el decreto de elevación a juicio emitido por el Juez de Control de Garantías Ramón Porfirio Acuña y solicitaba el cambio de carátula de "severidades” a "torturas”.
Con resolución del 2 de junio, la Cámara de Apelaciones resolvió la medida. Los jueces entendieron que la presentación es improcedente, ya que la querella no reviste legitimidad para tal acto.