La Corte de Justicia le dio la razón al juez Correccional de Primera Nominación, Marcelo Miguel Forner. En primera instancia este magistrado había negado a Elián Kotler el beneficio de la suspensión de juicio a prueba, conocido como 'probation'. Ahora queda por definir una nueva fecha para el debate oral y público.
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La Corte no dio lugar al pedido de probation para Elián Kotler
Elián Kotler, en marzo de 2013, atropelló y mató a Pablo Camaño e hirió a Lorena Montivero y Noelia Toledo, que se trasladaban en un remís que también se vio involucrado en el siniestro vial, sobre la avenida Enrique Ocampo al 1.200, en la zona alta capitalina. Como consecuencia, Kotler está imputado por el delito de "homicidio culposo" por la muerte de Camaño y por "lesiones culposas agravadas" por las heridas sufridas por las pasajeras del auto de alquiler.
En noviembre del año pasado, su abogado defensor, Luciano Rojas, solicitó este beneficio y ofreció un resarcimiento económico de $500.000 por la víctima fatal.
En marzo pasado, el juez Forner resolvió negar el pedido de probation a Kotler, acusado de causar la muerte de Pablo Camaño y lesionar a Montivero y Toledo. El magistrado argumentó que "el pedido de suspensión de juicio a prueba no es procedente si el delito tiene prevista pena de inhabilitación, lo que surge de una interpretación sistemática de la Ley”. Forner también tuvo en cuenta la opinión desfavorable por parte del representante del Ministerio Público Fiscal, Alejandro Dalla Lasta Baroni, en relación con el otorgamiento del beneficio "lo que es determinante a criterio de este tribunal”, acotó.
Los magistrados del máximo tribunal de justicia por unanimidad resolvieron "no hacer lugar al recurso y confirmar la resolución impugnada”. Los ministros fundamentaron que fue denegado el recurso por el cual se cuestionaba la decisión que no hacía lugar a la suspensión solicitada, reiterando el criterio de que no resulta irrazonable la interpretación de la ley que, en términos claros, establece que no procede la suspensión del juicio a prueba respecto de delitos reprimidos con pena de inhabilitación.
"No aparece como arbitraria la decisión del tribunal que rechazó el planteo de la defensa del imputado Kotler y negó la posibilidad de suspender el juicio a prueba por vincularse el hecho investigado con un delito que prevé la sanción de inhabilitación. Tampoco el defensor invoca argumentos que permitan reformular la postura que sobre el punto tiene este tribunal”, indicaron.
Los magistrados señalaron en su sentencia que los delitos de homicidio culposo agravado y lesiones culposas agravadas y lesiones culposas en concurso ideal atribuidos al imputado Elián Andrés Kotler "tienen conminada en abstracto pena de inhabilitación”.Siniestro vial
La madruga del 3 de marzo de 2013, cerca de las 4.30, en Av. Ocampo, Pablo Camaño se trasladaba en una moto en sentido oeste-este. Detrás de la motocicleta iba un remís. Elián Kotler se conducía por la misma avenida, a 108 kilómetros por hora en su vehículo y tenía 0,89 gramos de alcohol en sangre. En la esquina de la calle Tadeo Acuña, Kotler habría realizado una maniobra, perdió el control de su vehículo e impactó violentamente de frente con la moto y el remís. Por el impacto, el motociclista voló varios metros y murió. Pablo Camaño trabajaba como seguridad privada y regresaba de su trabajo al momento del accidente.
PERICIA
Elián Kotler se trasladaba por Av. Ocampo, a 108 kilómetros por hora y tenía 0,89 gramos de alcohol en sangre. Realizó una maniobra, perdió el control del auto e impactó violentamente de frente con la moto y el remís.