jueves 30 de julio de 2026
El fallo lo emitió el juez correccional Nº1

Niegan el pedido de beneficio a Elián Kotler

Había pedido la suspensión del juicio. Las partes se habían opuesto y también el fiscal.

Por Redacción El Ancasti
El juez del Correccional Nº1, Marcelo Forner, resolvió ayer negar el pedido de probation (suspensión de juicio) a Elián Kotler, acusado de causar la muerte de Pablo Camaño y lesionar a Lorena Montivero y Noelia Toledo, durante un siniestro vial sucedido el 3 de marzo de 2013. Kotler, quien ya viene dilatando el inicio del debate desde hace 4 años, debería someterse a juicio; no obstante, su abogado, durante la audiencia de solicitud ya adelantó que en caso de negación apelarían la medida nuevamente.

Forner argumentó que "el pedido de suspensión de juicio a prueba no es procedente si el delito tiene prevista pena de inhabilitación, lo que surge de una interpretación sistemática de la Ley”. Asimismo, tuvo en cuenta la opinión desfavorable por parte del representante del ministerio público fiscal, en relación con el otorgamiento del beneficio "lo que es determinante a criterio de este tribunal”, acotó.

Durante la audiencia, que se concretó el 3 de marzo, tanto el fiscal Alejandro Dalla Lasta, como los abogados de las víctimas rechazaron el pedido. Por su parte, el abogado de Kotler, Luciano Rojas, ratificó su pedido de suspensión del juicio y el resarcimiento de 500 mil pesos que hacía a las víctimas. Además, señaló que existirían fallos que abonarían su pedido, ya que a su defendido por las imputaciones obtenidas le cabría una pena de prisión en suspenso y adelantó que apelaría la medida en caso de que le nieguen el pedido.

Dalla Lasta, tras citar jurisprudencia al respecto, resaltó que las penas que implican una inhabilitación no pueden beneficiarse con la suspensión del juicio. Asimismo, resaltó que Kotler tiene una inhabilitación para manejar dada por el juez de Garantías y que existen decenas de fallos de la Corte de Justicia local de rechazo a este tipo de pedidos en casos de lesiones u homicidios culposos. Asimismo, manifestó que el juzgado tenía suficientes antecedentes que marcaban precedentes para poder otorgar una pena de prisión efectiva a Kotler, quien además de hacer maniobras no permitidas, se conducía a velocidad excesiva y había tomado alcohol.

El accidente
Kotler está imputado por el delito de homicidio culposo y dos hechos de lesiones culposas agravadas. Las pericias determinaron que en la madrugada del 3 de marzo de 2013 se trasladaba por Avenida Ocampo a 108 kilómetros por hora en su vehículo y tenía 0,89 gramos de alcohol en sangre.
Su vehículo embistió a Camaño que se conducía en moto y a un remís que estaba detrás de la víctima esperando que cambie el semáforo.
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