La Justicia Federal llevaba tiempo realizando un trabajo de inteligencia y el 23 de abril del año pasado, en la Terminal de Ómnibus se desplegaba un operativo policial. Valeria Díaz (30) llegaba desde Buenos Aires y en la playa de estacionamiento fue demorada. Se realizó una requisa y de su bolso sacaron un paquete con 520 gramos de cocaína de máxima pureza. Casi al mismo tiempo, en un barrio de la zona sur capitalina, José Dante Salemi (55) era detenido en su casa.
- El Ancasti >
- Policiales >
Para la Justicia, los “compadres” formaban una banda organizada
No se trató de una coincidencia. La Justicia tenía una pista: ambos formaban una banda que se dedicaba a la comercialización de estupefacientes. Además, Salemi y Díaz tenían un trato de “compadres”.
El 1 de noviembre último, en el Tribunal Oral Federal (TOF) se desarrolló el debate y ambos estaban imputados por el delito de “tenencia de estupefacientes para la comercialización. Sin embargo, los jueces Juan Carlos Reynaga, Adolfo Raúl Guzmán y José Camilo Quiroga Uriburu los condenaron por los delitos de “transporte y tenencia de estupefacientes para su comercialización agravado por el número de personas”. El compadre Salemi recibió una pena de ocho años de prisión, más la multa de $5.000 y fue declarado reincidente por segunda vez. En tanto que su comadre Díaz fue castigada con seis años de prisión domiciliaria –por su delicado estado de salud y con dispositivo electrónico- y una multa de $2.000.
De acuerdo con los fundamentos de la condena, las llamadas telefónicas realizadas por Salemi probaron que se dedicaba a la comercialización de sustancias estupefacientes, con la ayuda de Díaz. Para los magistrados federales, la comadre no solo era la encargada de buscar la droga en Buenos Aires, sino también de alistar la sustancia para su puesta al comercio. Esta droga era girada por ‘Guillermo’ hasta la capital catamarqueña. De esta manera, se probó “el grado de organización que revestían estas tres personas para realizar conductas en franca violación a la Ley de Estupefacientes”, indicaron.
Al mismo tiempo, advirtieron que la conducta de Salemi y de Díaz encuadra en el transporte de estupefacientes. “En el transporte, el delito se perfecciona por el simple hecho de trasladar droga de un sitio a otro, aunque sea brevemente. También, resulta ser un delito de actividad, por la propia peligrosidad potencial para la salud pública. Quedó fehacientemente comprobado que los acusados transportaron sustancias estupefacientes desde Buenos Aires hasta Catamarca. Salemi en colaboración directa y funcional de Díaz transportaron la cocaína. Díaz fue la persona encargada de viajar y traer a destino la droga; no podía ignorar o desconocer que existía dicho material en el ‘taper’ secuestrado al momento de su llegada a la Terminal de Ómnibus de Catamarca. La misma acusada relató que quien le pagó los pasajes de colectivo para que fuera a buscar la droga y trasladarla a su destino final, fue Salemi”, detallaron.
Para el Tribunal, Salemi diagramó la logística, junto con el ciudadano Guillermo, de este viaje que realizó Díaz. Se comprobó que el compadre se contactó con el ciudadano Guillermo para que este lo proveyera de la sustancia ilícita. Quedó en evidencia que “todos ellos formaban parte de una organización tendiente a trasladar sustancia narcótica a Catamarca, con pleno conocimiento de la sustancia ilícita que transportaban, teniendo todos los integrantes plena disposición y dominio funcional sobre el material y el hecho criminoso”, aseguraron. Por ello, la intervención de tres o más personas en la ejecución de este delito, con la clara división de las tareas por parte de los implicados para consumar un plan común, no solo configura un agravante, sino también justifica el grado de participación que les adjudicara el Ministerio Público Fiscal.
AGRAVANTE
Para el TOF quedó demostrada la participación de tres personas: los compadres Salemi y Díaz y el ciudadano Guillermo. Este proveía la droga en Buenos Aires y los compadres la transportaban para vender.