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La falta de certeza concedió el beneficio de la duda

Crímenes sin culpables, a la espera de la verdad y de justicia

José Colombres y Orlando Barros estaban imputados por asesinato, pero no hubo pruebas para condenarlos.
1 de noviembre de 2017 - 04:04 Por Redacción El Ancasti

Los cuerpos sin vida de las hermanas Trinidad y Petrona Barrionuevo habían aparecido en un charco de sangre. El horror de estos asesinatos contrastaba con la mansedumbre cotidiana. Las habían matado a golpes. Las encontraron en su casa, en marzo de 2012, en La Merced, Paclín. El 24 de diciembre de 2014, en el paraje La Renovación de Las Palmitas, Las Paz, encontraron el cuerpo de Raúl Dahbar. Sus hijas lo buscaban desde el día anterior. Estaba boca abajo, al lado de su camioneta Hilux, con cinco balazos. 

Las hermanas Barrionuevo eran personas conocidas en la comunidad mercedina y tenían sus influencias. Dahbar era un abogado reconocido en el foro local. Ambos crímenes fueron elevados a juicio pero los acusados fueron absueltos por el beneficio de la duda porque en esta instancia no alcanza con la sospecha sino que debe haber certeza para decidir sobre el destino de una persona y condenarla.

José Orlando “Maturano” Barros, conocido en La Merced como ‘el Matu’, fue acusado del doble homicidio. Sus vecinos y hasta familiares de las víctimas salieron a apoyarlo desde un primer momento. Manifestaron la acusación en su contra. En más de una ocasión, marcharon por La Merced y exclamaron a viva voz por su inocencia. 

En febrero del año pasado, en la Cámara Penal de Segunda Nominación, con disidencia, los jueces Rodrigo Morabito y Fabricio Gershani Quesada lo absolvieron por el beneficio de la duda. Los fiscales Gustavo Bergesio y Miguel Mauvecín casaron la sentencia pero, en julio de este año, la Corte de Justicia dio la razón a los camaristas: “Matu” Barros no fue y no pudo haber cometido tan aberrante crimen. 

La elaboración del voto de los fundamentos de la sentencia estuvo a cargo de Gershani Quesada y se indicó que Barros posee una inteligencia menor al promedio. En cuanto a sus aptitudes físicas, al momento del crimen Barros tenía 52 años y pesaba 125 kilos; tiene una cojera y diabetes. Su estado de salud no era óptimo.

“Lo curioso es que con 52 años, salud delicada, 125 kilos y cojera no se apoyó en ningún lado, pese a que los espacios eran reducidos. Una persona indigente, con las manos sucias de por sí y probablemente ensangrentadas, no se apoyó en ningún lado, a pesar de su discapacidad, se movió en la escena del crimen como si pesara la mitad o tuviera la mitad de los años o no tuviera problemas de salud o motricidad. A esta altura, la duda se vuelve insuperable. Resulta mucho más sencillo pensar que Barros no estuvo en el lugar del hecho”, señalaron.

Así como la mayoría de las pruebas indicaban que Barros no había estado en escena del crimen, de acuerdo con el fundamento de la sentencia, “muy probablemente Trinidad le quitó la impunidad al autor al quedarse con parte de su cabello y este no es del traído a proceso”.

José Manuel Colombres fue acusado de haber matado a Raúl Dahbar y se lo imputó por “homicidio simple agravado por el uso de armas”. Sin embargo, el arma homicida jamás se encontró. “No hay un elemento que diga que fue José Manuel Colombres. Es el único perejil acá sentado”, alegó su abogado defensor, Fernando Contreras. 

El lunes, los jueces de la Cámara Penal de Tercera Nominación por unanimidad lo absolvieron por el beneficio de la duda. Colombres aseguró ser inocentes y que ruega que aparezca el culpable. “A veces, el más pobre es el más perjudicado por el accionar de la Justicia… A veces uno no tiene para pagar y es ahí cuando se aprovechan. Desde un primer momento manifesté mi inocencia”, dijo.

En su veredicto, los camaristas solicitaron que se remitan las pruebas para que prosiga la investigación. La prueba de ‘dermotest’, que se utiliza para determinar si una persona tiene en sus manos rastro de pólvora, no se le practicó al imputado. No obstante, a uno de los testigos sí se le realizó esta pericia y le dio positivo. “Fue una caza de brujas para encontrar un perejil que se hiciera cargo. Por eso no se siguió una línea de investigación”, manifestó Ariel Salavarría, codefensor del acusado.

Absuelto, pero con condena

En mayo de 2010, la Cámara Penal de Tercera Nominación absolvió a Pedro Oscar Úsqueda, sospechado de haber matado a su esposa Fátima Ester Chayle y de haber ocultado su cuerpo. Aunque se ordenó su inmediata libertad en lo que concierne a esta causa, solo se trató de una simple formalidad, ya que Úsqueda estaba preso y cumple una sentencia de 20 años de prisión por el delito de abuso sexual y corrupción de menores, por el que había sido condenado en mayo de 2009.
Su esposa fue vista por última vez en Londres, en abril de 2003. Sin embargo, la investigación por esta causa se inició muchos años después, en 2007, ya que jamás se encontró el cuerpo de la víctima y recién entonces se sumaron indicios para darla por fallecida. Nunca fue posible encontrar un solo vestigio que llevara a determinar el crimen. Ahora habrá que determinar si la fiscalía de Belén retoma las actuaciones para investigar qué fue lo que ocurrió con la víctima.

Se defendió de un ataque y mató a su padre, en Ancasti

En la noche del 20 de noviembre del año pasado, en una casa de la localidad de El Sauce, en inmediaciones de Ipizca, Ancasti, una pelea entre padre e hijo se convirtió en un parricidio. Hugo Orlando Tula (36) fue atacado por su padre, Nicolás Valentín Tula (67), con una cuchilla y un palo, por la espalda. El padre hirió al hijo en el abdomen y en una mano y el joven, para defenderse, lo golpeó con un elemento contundente. El padre buscó una caja de vino y se acostó a dormir. No volvió a despertarse y murió en su cama. 

Tula (h) fue imputado por el delito de “homicidio agravado por el vínculo”. En agosto de este año, se sentó en el banquillo de los acusados. Los jueces de la Cámara Penal de Tercera Nominación Patricia Olmi, Jorge Palacios y Marcelo Soria –quien elaboró el voto del fundamento- absolvieron al joven Orlando Tula. Los testigos, conocidos y familiares de la víctima y del victimario, contaron que Tula (p) cuando tomaba bebidas alcohólicas era un hombre violento. En la fundamentación, consideraron que existió una agresión ilegítima del padre hacia el hijo. Este ataque fue peligroso, sorpresivo y desmedido. “Su vida, en ese momento, corría peligro. ¿Pero pudo evitar la agresión? No, porque fue sorpresiva y desde atrás, en momentos en que el acusado Orlando Tula se hallaba sentado de espaldas a la puerta por la que ingresa su padre. Tampoco podía salir de la habitación porque la agresión provino desde el lugar en el que se hallaba la puerta de salida. Entonces, como no pudo evitarla y tampoco podía salir de la habitación, debió enfrentarla. Es en esas circunstancias que logra quitarle el palo y con él se defiende, golpeando en la cabeza a su padre, quien luego tira la cuchilla y sale de la habitación”, detallaron.

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