El procurador fiscal ante la Corte Suprema de Justicia, Eduardo Casal, se pronunció a favor de revocar las absoluciones dictadas por la Cámara Federal de Casación Penal a favor de los tres militares condenados por los homicidios de 14 militantes políticos en la llamada Masacre de Capilla del Rosario cometidos en agosto de 1974.
Casal calificó la sentencia de la Sala III del máximo tribunal penal como "arbitraria" y trazó una analogía con los hechos de la Masacre de Trelew, a los cuales consideró "un indicio serio de vigencia del plan o política" criminal para aniquilar a grupos políticos antes del golpe de Estado de 1976, informó el sitio oficial del Ministerio Público Fiscal.
El caso llegó a la Corte luego de la queja interpuesta por el fiscal general ante la Cámara de Casación, Javier De Luca, por el fallo de ese tribunal contrario a la sentencia de 2013, en la que los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Catamarca habían condenado a Carlos Eduardo del Valle Carrizo Salvadores, Mario Nakagama y Jorge Exequiel Acosta a prisión perpetua por considerarlos coautores de homicidio doblemente agravado por alevosía y el concurso premeditado de dos o más personas en concurso real, en perjuicio de 14 víctimas.
En concreto, los camaristas anularon la condena, absolvieron a los acusados y afirmaron que los hechos imputados no podían considerarse como delitos de lesa humanidad, en tanto que no se había probado el ataque generalizado o sistemático contra la población civil. Sobre este punto, el procurador fiscal puntualizó -como ya lo había hecho la procuradora general Alejandra Gils Carbó al dictaminar en la causa por la Masacre de Trelew que "ya a partir de 1968, mediante la aprobación de reglamentos militares, leyes y directivas, y el adoctrinamiento y entrenamiento de los integrantes de las fuerzas armadas, comenzó la progresiva elaboración por parte de las autoridades militares de un plan o política dirigida a la neutralización o eliminación de todo aquel grupo o miembro de la población considerado subversivo".
El representante del Ministerio Público Fiscal indicó que la aplicación de ese "plan" "comenzó a principios de 1970, lo que se sustentó en varios testimonios que dieron cuenta de detenciones arbitrarias, torturas y amenazas ocurridas a partir de ese año, además de los homicidios que constituyeron el objeto de la causa, con características comunes que permitieron considerarlos, razonablemente, como acciones ejecutivas del mismo ataque".
Casal citó los testimonios de sobrevivientes y testigos de los operativos llevados adelante por el Ejército el 12 de agosto de 1974 contra militantes del ERP en la localidad catamarqueña de Capilla del Rosario, del departamento Fray Mamerto Esquiú, quienes coincidieron en que la orden de los jefes militares era "aniquilar" a los prófugos del intento de asalto al Regimiento de Infantería Aerotransportado 17.