La jefa comunal consideró que el funcionario judicial se extralimitó. Y denunció que violó leyes nacionales y provinciales, al solicitar trabar los fondos de las regalías.
La intendenta de la localidad de San José, Mónica Deolinda Hernández, radicó una denuncia penal en contra del fiscal de instrucción de Santa María, Marcelo González, a raíz del allanamiento que el funcionario llevó a cabo el jueves pasado en el marco de la investigación del Tribunal de Cuentas sobre el manejo de los fondos de regalías mineras en esa comuna. La jefa comunal consideró que el fiscal se extralimitó en sus funciones y violó leyes nacionales y provinciales, por lo que además se analiza la posibilidad de solicitar un Jury en su contra.
El jueves 14 de agosto, el fiscal González ordenó que se llevara a cabo un allanamiento en las oficinas de la Municipalidad de San José ordenado por el juez de garantías de Santa María. El procedimiento se originó en la solicitud del Tribunal de Cuentas de la Provincia, que mediante una nota fechada el 29 de julio, pidió colaboración al fiscal por un supuesto incumplimiento por parte de la Intendenta en la remisión de documentación inherente a los fondos provenientes de regalías mineras.
Según averiguaciones practicadas en el organismo de contralor, la solicitud únicamente requería lograr la documentación aludida para luego ser remitida para su análisis a la sede de dicho tribunal en la ciudad Capital. No existía en la solicitud ninguna otra petición que no fuera la relativa a dicha documentación, por lo que cualquier otra medida que adoptara el Sr. Fiscal -salvo las necesarias para garantizar el resultado del procedimiento- podría devenir abusiva, consideró Hernández en la denuncia.
Asimismo, manifestó que sorpresivamente tomamos conocimientos de que el Sr. Fiscal cursó una suplicatoria al Sr. Juez pidiendo que se ordene inmovilizar los fondos provenientes de regalías mineras existentes en el Banco Nación Argentina Suc. Santa María. Y sostuvo que con este accionar, el fiscal González ha violado leyes nacionales y provinciales vigentes relativas a los fondos públicos y su inembargabilidad, evidenciando un notorio como supino desconocimiento del derecho.
Por ello, sentenció que incurrió en el delito de prevaricato al disponer contrario a los mandatos legales sino también haber actuado de forma abusiva ocasionando lesiones patrimoniales que debió haber evitado (de conocer el derecho, claro está).
En tal sentido, detalló que la solicitud de trabar los fondos de las regalías lesiona lo normado por las leyes nacionales, 24.624 (Arts. 19 y 20) y 25.973 (Art. 1º), y provinciales 4974 (Art. 5, 10 y 12). Todas declaran que los fondos públicos afectados a la ejecución presupuestaria del sector público son inembargables y no pueden adoptarse medidas como la solicitada.