18 de junio de 2008 - 00:00
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El fiscal ordenará una pericia contable
Los jueces Edgardo Rubén Álvarez, Juan Carlos Reynaga y el subrogante Rodolfo Bustamante coincidieron en rechazar por “improcedente” el recurso desde el punto de vista formal, entre otras cosas porque no fue Taselli sino Iglesias el que presentó el recurso de apelación que, eventualmente, podría haber habilitado la casación.
En su recurso, Martínez Azar se había limitado a adherir a los fundamentos que en su momento emitió Robledo. En su voto inicial, el juez Álvarez sostuvo que el letrado “no puede recién ahora limitarse a “adherir” a un recurso ya tratado y rechazado”, al tiempo que recordó que el rechazo del recurso de apelación que en su momento presentó el defensor de Osvaldo Iglesias no constituye una sentencia definitiva, y por tanto no es materia de casación.
En igual sentido, Juan Carlos Reynaga señaló que “el embate” de Martínez Azar “resulta inadmisible por no tratarse en el caso de sentencia definitiva ni de los autos contemplables como recurribles por la ley de rito”.
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