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EDITORIAL

Responsable freno a la arbitrariedad

Como las autoridades de la Secretaría de Seguridad y de la fuerza policial parecen no entender que la práctica...
8 de diciembre de 2016 - 04:09 Por Redacción El Ancasti
Como las autoridades de la Secretaría de Seguridad y de la fuerza policial parecen no entender que la práctica de demorar y encerrar a una persona a veces durante 24 horas por el simple hecho de no portar DNI es anticonstitucional y violatoria de numerosos tratados internacionales refrendados por la Argentina, tuvo el juez de Menores Rodrigo Morabito que darles una lección de Derecho y dictar una sentencia vedándola.

La sentencia en cuestión prohíbe el arresto a menores por "actitud sospechosa” o "merodeo”, eufemismo con el que la fuerza de seguridad nombra a detenciones arbitrarias que se llevan a cabo sin que medie orden judicial o hayan sido sorprendidos cometiendo in fraganti un delito, las dos únicas causas consideradas legales.

El magistrado cita un caso ocurrido el pasado 23 de noviembre que involucra a dos personas que se conducían en motocicleta. Una era menor y el otro tenía 22 años. Ambos quedaron arrestados porque no contaban con el DNI. Al parecer, habían cruzado un semáforo en rojo, contravención que en todo caso es pasible de una multa de tránsito, pero de ninguna manera causa de privación de la libertad.

En su dictamen, Morabito califica a la costumbre de la policía de Catamarca de arrestar por la no portación del documento de identidad como "una práctica absolutamente ilegítima”. Solo en el mes de noviembre, la policía arrestó a cien personas por esta causa. La información fue proporcionada por el área de Relaciones Institucionales de la fuerza.

"Evidentemente, el proceder y accionar de las fuerzas de seguridad provincial se torna inconstitucional e inconvencional, generando cotidiana responsabilidad internacional al país”, señaló el juez en otro tramo de la sentencia.

"Debe quedar muy en claro que portar DNI por parte de cualquier ciudadano de esta provincia y de cualquier otra de las que conforman nuestro país es una elección personal y no una exigencia legal”, añadió.

Morabito adjuntó a su dictamen publicaciones de El Ancasti, tanto de noticias periodísticas como de comentarios publicados en esta sección editorial, donde se ha venido insistiendo respecto de la arbitrariedad e ilegalidad de estos procedimientos, tan comunes en épocas de gobiernos dictatoriales.

Los operativos que se dedican a llenar las comisarías de ciudadanos, menores o mayores de edad, que caminan por la vía pública sin el DNI no hacen aporte alguno a la prevención de hechos delictivos, porque la inmensa mayoría -si no todos- los demorados fueron liberados luego de largas horas encerrados entre cuatro paredes sin que siquiera se les pidiera disculpas. Mientras tanto, los delincuentes saben que para poder actuar con tranquilidad, sólo deben salir a robar con el DNI en el bolsillo.

Probablemente los funcionarios de Seguridad crean que montando esos operativos efectistas, pero ineficaces elevarán la imagen de una fuerza que está seriamente cuestionada por los numerosos casos de apremios y brutalidad.

Están equivocados: el prestigio se recupera metiendo a los delincuentes en prisión y dejando tranquilos a los ciudadanos inocentes, porten documentos o no. 

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