martes 19 de mayo de 2026
Promueven la utilización de jugos naturales como endulzantes a través de incentivos fiscales

La jugada del mosto

El Congreso analiza un giro histórico para las economías regionales: incentivos fiscales para el uso de jugos naturales. Un proyecto de ley multipartidario propone reformar Impuestos Internos para sustituir endulzantes artificiales por producción frutícola nacional. Buscan dinamizar el empleo en el NOA, NEA, Cuyo y Patagonia mediante el agregado de valor en origen.

El esquema tributario argentino podría convertirse, de prosperar una iniciativa clave en el Congreso de la Nación, en el principal motor de reactivación para las producciones frutícolas extrapampeanas. Diputados nacionales de las provincias de Mendoza y San Juan presentaron un proyecto de ley que busca reformar la Ley de Impuestos Internos para otorgar un agresivo incentivo fiscal a las empresas elaboradoras de bebidas analcohólicas que incorporen jugos naturales en sus fórmulas. La medida apunta a generar un círculo virtuoso: retirar del mercado los endulzantes químicos y procesados en favor de la salud pública, mientras se consolida un mercado interno de compra sostenida para los productores del interior productivo.

Al parlamento

La iniciativa legislativa tomó un fuerte impulso político tras cobrar estado parlamentario luego de ser articulada estrechamente por los gobiernos de Mendoza y San Juan, en conjunto con la Corporación Vitivinícola Argentina (COVIAR) y la Cámara Argentina de Fabricantes y Exportadores de Mosto (CAFEM). El anuncio principal, que ya cosecha apoyos en el entramado agroindustrial, fue delineado inicialmente por el gobernador mendocino Alfredo Cornejo durante el tradicional Desayuno de Vendimia. Llevado formalmente al parlamento por los diputados Nancy Picón Martínez y Carlos Jaime Quiroga (San Juan), junto a Pamela Verasay y Lisandro Nieri (Mendoza), el proyecto fue girado a la Comisión de Presupuesto y Hacienda para su inmediato tratamiento técnico.

Gesta fiscal: el nuevo esquema de alícuotas escalonadas

El núcleo de la reforma modifica sustancialmente el artículo 26 de la Ley 24.674 de Impuestos Internos. Actualmente, el gravamen opera de manera uniforme sin distinguir el origen nutricional o geográfico de los componentes. La propuesta legislativa introduce una diferenciación inteligente basada en el porcentaje mínimo de jugos naturales o concentrados que contenga la bebida terminada, premiando el uso de materias primas nacionales de la siguiente manera:

  • Bebidas Convencionales (Alícuota del 15%): Tasa general aplicada a aguas saborizadas y gaseosas que contengan 0% o menos del 10% de jugo natural, manteniendo la presión fiscal sobre productos elaborados con azúcares refinados o jarabes artificiales.
  • Bebidas con Contenido Frutal (Alícuota reducida al 3%): Para aquellos productos que incorporen un mínimo del 10% de jugo natural o concentrado en sus fórmulas, reduciendo drásticamente la carga impositiva para volverlos altamente competitivos frente a las embotelladoras.
  • Jugos Puros y Concentrados (Exención del 0%): Impuesto cero para los productos que superen el 20% de contenido de jugo natural. Un alivio directo para incentivar el consumo masivo.

Para garantizar que el beneficio irrigue a todo el eslabón productivo y no quede retenido únicamente en las grandes plantas embotelladoras, el proyecto contempla un mecanismo de eficiencia en la cadena de pagos. Los fabricantes de bebidas podrán computar el impuesto interno pagado por los insumos —como jarabes primarios, mostos concentrados o bases frutales— como un pago a cuenta del impuesto final. Esta ingeniería financiera evita la acumulación impositiva piramidal y dota de una solvencia crucial a las firmas procesadoras regionales en sus transacciones mensuales.

El impacto territorial: arraigo, empleo y valor en origen

Desde la perspectiva estrictamente agropecuaria, los beneficios del proyecto trascienden lo meramente impositivo para transformarse en una política de desarrollo territorial. Al encarecer fiscalmente el uso de endulzantes artificiales e importados, las grandes industrias de bebidas se verán volcadas a competir por el abastecimiento local de jugos concentrados. Esto descentraliza la industrialización y fomenta el "agregado de valor en origen", reteniendo los márgenes económicos en las mismas comunidades donde se cosecha la fruta.

El entramado de las pequeñas y medianas empresas (PyMEs) frutícolas —que constituyen el corazón de las economías regionales del país— recibirá un blindaje de competitividad inédito. El acceso formal a la cadena de proveedores de las grandes marcas de bebidas abre una alternativa de comercialización interna estratégica, rompiendo la dependencia absoluta de los complejos mercados de exportación en fresco o la volatilidad de los precios locales de temporada.

Efecto multiplicador en el empleo regional: La fruticultura se caracteriza por ser una actividad intensiva en mano de obra. El incentivo fiscal generará una mayor tracción no solo en la cosecha y labores de la producción primaria, sino de manera sustancial en la creación de puestos técnicos e industriales en las plantas concentradoras provinciales. Asimismo, se dinamizarán las PyMEs de servicios asociadas, tales como el transporte de carga, la logística de frío, los laboratorios de calidad y la provisión de envases industriales.

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