La Cámara Federal ordenó evaluar el pedido de indagatoria de De Vido
La Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones hizo lugar a una queja interpuesta por el fiscal Carlos Stornelli luego de que le fuera denegado un recurso de apelación.
La Sala II de la Cámara Federal instó hoy al juez Luis Rodríguez a evaluar el pedido de indagatoria del exministro de Planificación Federal Julio De Vido y otros exfuncionarios, en el marco de la causa por malversación de fondos públicos en el orden de los 26.000 millones de pesos que debían dirigirse a la modernización de la mina de Río Turbio.
Fuentes judiciales informaron que los jueces Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia revocaron también las exenciones de prisión que fueron otorgadas a un grupo de exdirectivos de Yacimiento Carbonífero Río Turbio (YCRT).
En primera instancia, Rodríguez desestimó el pedido de indagatoria solicitado por el fiscal Carlos Stornelli, quien además había reclamado la detención de De Vido, que tampoco fue concedida.
Junto al rechazo de la indagatoria, el juez otorgó la eximición de prisión a los imputados de De Vido y exdirectivos de YCRT.
En su voto, el juez Eduardo Farah aclaró que "es potestad del juez" la citación a indagatoria y por ello votó por confirmar lo resuelto en primera instancia, en tanto que su colega Irurzin dijo que aquella decisión "fue arbitraria".
Para el camarista Irurzun, si bien no es apelable la decisión de un magistrado que deniega la citación a indagatoria, solo puede analizarse cuando se realice un "ejercicio arbitrario de la actividad jurisdiccional", como entendió hubo en el caso.
En su voto, Bruglia aseguró que "se encuentran reunidos los elementos requeridos para configurar un concreto ejercicio arbitrario de la actividad jurisdiccional".
Por ello, avaló el voto del juez Irurzun para que el juez de primera instancia evalúe nuevamente el pedido fiscal de citación a indagatoria.
En la causa se investiga la malversación de 26.000 millones de pesos que el Ministerio de Planificación destinó durante el kirchnerismo hacia YCRT.