martes 24 de marzo de 2026
Por la profunda crisis que atraviesa la provincia

Suspenden intimaciones y ejecuciones fiscales a Santa Cruz

Beneficiará a los contribuyentes hasta el 28 de febrero de 2018. También afecta al cobro de deudas.

Por Redacción El Ancasti

La AFIP suspendió ayer hasta el 28 de febrero de 2018 las intimaciones por falta de presentación o pago, así como la iniciación de juicios de ejecución fiscal y cobro de deudas, a contribuyentes de la provincia de Santa Cruz, a raíz de la "emergencia comercial" que atraviesa ese distrito.


Santa Cruz es una de las provincias del país que atraviesa la peor crisis económica, y las finanzas de esa administración están quebradas, según explicó su gobernadora, Alicia Kirchner, quien viene pidiendo auxilio a la Nación. El problema es que la provincia también le dejó de pagar a los proveedores, y eso resiente toda la cadena comercial de ese distrito patagónico. La decisión fue establecida por medio de una Resolución General publicada en el Boletín Oficial.


"Suspéndese hasta el 28 de febrero de 2018, inclusive, la emisión y gestión de intimaciones por falta de presentación y/o pago, así como la iniciación de juicios de ejecución fiscal y el cobro de las deudas reclamadas en los mismos, correspondientes a los sujetos alcanzados por los beneficios previstos en la Ley N° 3.548 de la provincia de Santa Cruz, siempre que cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en la referida norma", según el texto oficial.


La AFIP aclaró que esa decisión "no obsta al ejercicio de los actos procedimentales y procesales destinados a impedir la prescripción de las acciones y poderes del Fisco para determinar y/o exigir el pago de los tributos, multas y accesorios cuya aplicación, percepción o fiscalización se encuentren a cargo de este organismo". También explicó que a los fines del otorgamiento de este beneficio, los responsables deberán realizar la correspondiente solicitud mediante la presentación de una nota -con carácter de declaración jurada- ante la dependencia en la que se encuentren inscriptos, acompañada de la certificación extendida por la Secretaría de Comercio e Industria de la provincia de Santa Cruz, "que acredite que el responsable se encuentra comprendido en la declaración de emergencia comercial". La AFIP recordó que mediante la Ley 3548 de la provincia de Santa Cruz, promulgada el 11 de agosto de 2017, se declaró el estado de emergencia comercial en todo el ámbito provincial hasta el 28 de febrero de 2018, inclusive.  Por ese motivo, destacó que es "política de este organismo considerar las situaciones de excepción de las emergencias declaradas, a efectos de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes".-

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