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por los cambios en el mínimo no imponible del impuesto

Alrededor de 230.000 jubilados dejarán de pagar Ganancias

7 de febrero de 2017 - 04:00 Por Redacción El Ancasti
Con el pago de los haberes de este mes, la ANSeS devolverá a 300.000 jubilados lo que les descontó de más en enero del impuesto a las Ganancias. Y a partir de marzo, pasarán a estar alcanzados por este impuesto solo entre 60.000 y 70.000 jubilados.

Así, entre 230.000 y 240.000 dejarán de pagar este año este impuesto por la vigencia del mínimo no imponible especial que desde el 1° de enero rige para los jubilados y pensionados.
El titular de la ANSeS, Emilio Basavilbaso, le dijo a Clarín que en enero, la reglamentación de Ganancias se conoció cuando el organismo ya había preparado la liquidación de ese mes. Y no pudo actualizar el mínimo no imponible especial que rige desde enero para los jubilados y pensionados. Entonces, a 300.718 jubilados y pensionados se les pagaron los haberes de enero con los valores de descuentos de Ganancias del año pasado.

Estos números corresponden a los jubilados de la ANSeS, cifra que aumenta si se incluyen a los beneficiarios de las cajas de jubilaciones no transferidas, como la de Buenos Aires, Córdoba o Santa Fe.

Ahora, en febrero la ANSeS preparó el pago del mes con los nuevos valores y requisitos especiales de Ganancias para los jubilados y pensionados, retroactivo a enero. En consecuencia, este mes a la mayoría de esos jubilados se les devolverá lo descontado de más en enero y el pago de febrero no tendrá el descuento de Ganancias o será de un importe menor. Así, en febrero solo 6.261 tendrán descuento de Ganancias, según publicó ese medio.

Ley

Por la nueva ley, el mínimo no imponible de Ganancias es de 6 haberes mínimos, equivalente a $33.966, para los jubilados y pensionados que no tengan otros ingresos "de distinta naturaleza" (como sueldo si están trabajando, honorarios o rentas) o no tributen el impuesto sobre los bienes personales, "siempre y cuando esta obligación no surja exclusivamente de la tenencia de un inmueble para vivienda única”.

Si no cumplen con esos requisitos rige el mínimo no imponible general, mucho más bajo, según la composición del grupo familiar ($23.185 mensuales, sin cónyuge ni hijos ni otras deducciones, como salud).

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