Difunden procedimiento para acceder a la tarifa social de gas
Ante los fuertes aumentos en el gas, las entidades sin fines de lucro registradas como Usuarios SGP Esenciales pueden solicitar ser incorporados a la Tarifa Social.
Entre los potenciales beneficiarios se
encuentran gremios,centros asistenciales
públicos, entidades educativas públicas de cualquier nivel,
religiosas que acrediten tal condición,asociaciones civiles
sin fines de lucro o mutuales que realicen en el domicilio de
consumo actividades de índole social.
También las entidades públicas nacionales,
provinciales o municipales, en tanto
no desempeñen actividades comerciales y/o industriales.
Según indicó Gas Natural Fenosa, entre la
documentación a presentar se incluye:
- Ser titular del servicio o asumir la
titularidad del mismo.
- Acta constitutiva.
- Registro avalado por el ministerio u
organismo correspondiente.
- Inscripción en la IGJ (inspección
General de Justicia)
- Personería Jurídica
- Registro de culto
- Toda aquella documentación que acredite
la condición de lainstitución, y que
consideren relevante para justificar suincorporación al
beneficio.
En el caso de los usuarios residenciales
que aún no hayan sido incluidos y puedan
acceder al beneficio de la Tarifa Social,pueden solicitarlo si
están encuadrados en algunas de las siguientes causales
que se indican a continuación:
- Ser jubilado o pensionado por un monto
menor o igual a dosveces el haber mínimo
nacional
- Personas con empleo en relación de
dependencia que percibenuna remuneración bruta
menor o igual a DOS (2) Salarios MínimosVital y Móvil (SMVM).
- Ser titular de programas sociales.
- Estar inscripto en el Régimen de
Monotributo Social.
- Estar incorporado en el Régimen Especial
de Seguridad Socialpara empleados del
Servicio Doméstico (Artículo 21 de la Ley N°25.239).
- Estar percibiendo el seguro de
desempleo.
-
Contar con certificado de discapacidad.
Criterios de exclusión del beneficio: la
normativa vigenteestablece criterios a
partir de los cuales una persona puede serexcluida de solicitar
este beneficio:
- Cruce por padrón de fallecidos.
- Registro de propiedad Inmueble -
quedarán excluidos aquellostitulares de más de
uno.
- Padrón de Automotores - quedarán
excluidos aquellos cuyosmodelos tengan hasta
QUINCE (15) años de antigüedad.
- Embarcaciones de lujo - quedarán
excluidos quienes poseanaeronaves o
embarcaciones de lujo .