La Corte de La Haya determinó que Botnia no genera contaminación visual ni sonora
Así lo advirtió el juez Peter Tomka durante la lectura del fallo sobre el diferendo bilateral con Uruguay. La demanda relativa sobre los malos olores y su impacto en el turismo no es de competencia de esta corte, remarcó.
El tribunal internacional de La Haya sostuvo que la Argentina no dio pruebas sobre la eventual contaminación de la planta de celulosa que instaló la empresa Botnia en las costas del Río Uruguay.
El juez Peter Tomka, a cargo de la lectura del fallo, sostuvo que La Haya no ve nada que pueda sustentar las demandas de la Argentina en materia de contaminación visual y ambiental.
Sostuvo que ningún artículo del Tratado de Río Uruguay aborda el tema malos olores , en consecuencia y por las mismas razones, la demanda relativa a los malos olores y a su impacto en el turismo no es de competencia de esta Corte, aunque estos olores puedan entrar en la contaminación atmosférica, pero la verdad es que la Argentina no dio pruebas.
El magistrado aclaró que el Tribunal Internacional no ve en el estatuto (del Río Uruguay) ninguna disposición que pueda sostener esta demanda, contaminación que presentó la Argentina contra la planta de celulosa instalada en la ciudad de Fray Bentos.La Corte Internacional advirtió que el gobierno de Montevideo no cumplió con la obligación del tratado que creó la comisión bilateral del Río Uruguay, tal y como lo planteó la Argentina. Aclaró que los magistrados no pueden opinar sobre las acusaciones por contaminación visual, sonora y por malos olores. Se propuso una instancia de negociación.
La Corte Internacional de La Haya señaló que Uruguay no respetó la obligación del apartado 7 del Estatuto de 1975, que obliga a informar sobre los proyectos a la comisión bilateral del Río Uruguay.
La información sobre los proyectos sólo puede provenir de la obligación de informar, que está a cargo de la parte que proyecta construir dichas industrias sobre las márgenes del río, señaló Peter Tomka.
Uruguay no informó los trabajos proyectados antes de autorizar la construcción de Botnia, determinó la Corte Internacional de La Haya, por lo que se entiende que Uruguay desconoció el artículo mencionado en el Estatuto del Río Uruguay.