El juez del Tribunal Penal Juvenil Rodrigo Morabito ordenó ayer el sobreseimiento total y definitivo para los seis jóvenes acusados de participar en un “abuso sexual simple agravado por la intervención de dos o más personas”, que supuestamente había ocurrido en perjuicio de una adolescente de 17 años en la localidad de San Isidro, departamento Valle Viejo, la madrugada del 2 de mayo de 2021.
La resolución fue emitida en el marco de la oposición formulada por las defensas de tres de los seis sospechosos, los abogados Arturo Herrera Basualdo y la defensora oficial Valeria Olmedo, contra el dictamen de elevación a juicio realizado por la Fiscalía Penal Juvenil el 5 de septiembre de este año. La audiencia oral de oposición fue realizada el 29 de septiembre en el Tribunal de Control de Garantías Constitucionales de Primera Nominación.
Olmedo aseguró que se vio "sorprendida" por el requerimiento de elevación a juicio de la causa, dos años y cuatro meses después del supuesto hecho de abuso sexual. Entre otros argumentos sostuvo que las imágenes captadas por las cámaras de seguridad instaladas en un depósito de un supermercado fueron "prueba irrefutable", ya que, "gracias a Dios, estaban dirigidas justamente hacia el lugar donde se llevaba a cabo esta reunión clandestina (un galpón), porque era en plena pandemia. Estas cámaras pudieron darnos luz sobre esta cuestión, sobre lo que realmente ocurrió esa noche...".
Fundamento
A los seis jóvenes se le endilgó haber abusado sexualmente de una adolescente. Para el juez, la contundencia del acta de visualización de las cámaras de seguridad y de un registro domiciliario fueron determinantes para su fallo.
"Evidentemente el marco fáctico descripto en la acusación por parte de Ministerio Público Fiscal jamás podría haberse construido de forma en que se hizo si se hubiese valorado en forma completa la evidencia probatoria existente en el legajo. Ergo, los (dos) jóvenes que fueron mencionados como partícipes necesarios de violencia sexual no se encontraban en el lugar donde previamente sí lo hacía el resto de los jóvenes (...) ya que su llegada fue casi dos minutos después de que se retirara (la víctima) junto a su padrastro...", explicó Morabito.
El juez dictó la absolución para los seis "por la imposibilidad material de haber cometido un hecho delictivo inexistente".