miércoles 1 de abril de 2026
Editorial

Sinuoso camino para el fin de los privilegios

El Jury de Enjuiciamiento del Consejo de la Magistratura de la Nación votó la destitución del juez federal de Mendoza, Walter Bento, por mal desempeño de sus funciones, falta al decoro y haber “deshonrado a la justicia”. El camino de Bento hacia la destitución fue extenso si se considera el amplio prontuario del exmagistrado. El periplo en el órgano que evalúa a futuros magistrados y los sanciona, con la potestad de destituirlos, empezó en mayo del 2021. En este caso, para los jueces federales es el mismo Consejo de la Magistratura el que tiene la función de evaluar para los ingresos al Poder Judicial y también de remover del cargo. En Catamarca, este proceso funciona a través de dos institutos diferentes: la Comisión Evaluadora para el ingreso y el Tribunal de Jury para la expulsión.

La vía para la remoción también fue complicada para el caso federal y vuelve a poner en debate la necesidad de simplificar los mecanismos para sancionar a los magistrados, de manera tal que la cláusula constitucional de inamovilidad de los jueces sea una garantía para la independencia en sus funciones, pero no la llave para la guarida.

En Catamarca, durante este año que está próximo a llegar a la instancia de la feria judicial, hubo solo un jury de Enjuiciamiento. Fue el del fiscal Laureano Palacios, cuya absolución en la denuncia por irregularidades en la investigación del crimen del exministro Juan Carlos Rojas dejó dudas, sospechas, una fuerte disconformidad social por lo lejano del debate, pese a la publicidad que tuvo el acto. Además, fue el primer caso de enjuiciamiento cuyo epílogo fue un fallo absolutorio. Días pasados, otro expediente quedó en el camino cuando los integrantes del Tribunal de Enjuiciamiento desestimaron el pedido de jury realizado por el abogado de la familia de Elba Ibáñez –la mujer asesinada en 2019-, contra el juez de Control de Garantías Marcelo González y del fiscal de Tinogasta, Jorge Barros Rizatti, quienes habían considerado que el caso fue un homicidio simple y no un femicidio, en virtud de la prueba que acredita la violencia de género.

A decir verdad, son pocos los casos que llegan al trámite del jury, que además tiene varias instancias previas antes de lograr ponerse en marcha. Hay que contemplar que también está permitida la renuncia del magistrado denunciado para evitar someterse el enjuiciamiento público. En los últimos seis años fueron ocho expedientes que se iniciaron en el Tribunal de Enjuiciamiento: dos terminaron con la destitución (Roberto Mazzucco y Jorge Flores), uno con la absolución (Laureno Palacios) y cinco con la renuncia de los implicados. Que solo un caso por año, en promedio, llegue a la instancia del jury es una marca muy modesta frente al descrédito del que goza el Poder Judicial.

Sin duda que este será uno de los temas que merecerá un amplio debate cuando la dirigencia política asuma con total honestidad el camino de reformar la Constitución. Precisamente, la presidenta de la Corte de Justicia planteó hace pocos días la necesidad de generar nuevos mecanismos tanto para el ingreso como para la remoción de los magistrados y funcionarios judiciales. “Me parece que así como ponemos el acento en el Consejo de la Magistratura como método de selección, también tenemos que ver y revisar constitucionalmente el sistema de remoción. Yo entiendo que hay que poner reglas más claras respecto de la remoción de magistrados y funcionarios judiciales; procesos más transparentes, más ágiles, más sencillos y claros”, alegó. En definitiva, es necesario recorrer un camino difícil para terminar con los privilegios de la Justicia.

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