martes 12 de agosto de 2025
Para la Corte de Justicia de Catamarca

Quedó firme la condena a prisión perpetua por el crimen de Adrián Ramos

El supremo tribunal rechazó el recurso extraordinario federal. Matías Córdoba fue declarado culpable.

“Por extemporáneo” la Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca no concedió el recurso extraordinario federal a Matías Córdoba. En octubre del año pasado, un jurado popular lo halló culpable por el delito de "homicidio agravado para consumar y asegurar su resultado y la impunidad (criminis causa), y robo en concurso real en calidad de autor". Este delito prevé la pena única de prisión perpetua, el máximo castigo. De esta manera, para el máximo tribunal de Justicia catamarqueño, la sentencia está firme. No obstante, aún puede recurrir en queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En abril de 2022, en Tinogasta, Córdoba y su novia, Luján de los Ángeles Robledo, ultimaron a Luis Adrián Ramos. Robledo fue declarada culpable por el delito de “encubrimiento” y condenada –en la posterior audiencia de cesura de pena- a cuatro años de prisión. No obstante, mantiene la libertad hasta que la sentencia quede firme. En octubre del año pasado, un jurado popular los declaró culpables.

Tras conocerse los fundamentos, la defensa de Córdoba, representada por el abogado Julián Nando Quintar, presentó un recurso de casación. En mayo, los ministros de la Sala Penal Fernanda Rosales Andreotti, Verónica Saldaño y Hernán Martel rechazaron el planteo y confirmaron la condenada para ambos jóvenes.

Tras el rechazo, la defensa insistió con el recurso extraordinario federal. El procurador Tristán Lobo señaló que el planteo debía ser rechazado “por extemporáneo”. Remarcó que el plazo para la presentación del recurso venció el 21 de mayo de 2025, “en sus dos primeras horas de oficina”. “La defensa técnica de Córdoba, interpuso el recurso extraordinario federal el día 21/05/25 a las 10.21”, precisó.

Además, se remarcó que la defensa incurrió en una confusión. En la audiencia de cesura, “el defensor persiste con el pedido de cambio de

calificación – estadío procesal ya superado- y alude, en términos genéricos nuevamente, una afectación al derecho de defensa, reeditando lo sostenido en el juicio y en sus alegatos finales. La defensa de Córdoba tuvo la posibilidad de ofrecer prueba y, en su caso, efectuar protesta sobre lo resuelto por el juez técnico en la audiencia pertinente – de admisión de evidencias-; exponer su teoría del caso ante el jurado popular como también reforzar en sus alegatos finales la alternativa de que el acusado sea condenado por homicidio simple”, detalló.

Expediente

El 10 de abril de 2022, en Tinogasta, Luis Adrián Ramos (43) fue asesinado. La investigación estuvo a cargo del fiscal Jorge Barros Risatti. Por este crimen, una joven pareja fue detenida e imputada: Córdoba y Robledo. Él fue imputado por el homicidio agravado y “robo”; desde un primer momento estuvo privado de la libertad. La joven, en principio fue acusada por el mismo delito que Córdoba pero como partícipe secundaria y también estuvo privada de la libertad. Con esa imputación, la joven se enfrentaba a una condena de entre 10 y 15 años de prisión. Sin embargo, en noviembre de 2024, la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Exhortos, resolvió morigerar la imputación a “encubrimiento”. También se resolvió su inmediata libertad.

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