El abogado de los acusados del asalto en el barrio Parque América, Pedro Vélez, realizó una nueva presentación para oponerse al fallo de la Sala Penal de la Corte de Justicia que anuló el acuerdo de partes que liberó a sus representados.
El abogado de los acusados del asalto en el barrio Parque América, Pedro Vélez, realizó una nueva presentación para oponerse al fallo de la Sala Penal de la Corte de Justicia que anuló el acuerdo de partes que liberó a sus representados.
En este sentido, el patrocinante letrado de Diego Arroyo, Guillermo Nieva, Fernando Pacheco y Camilo Carrizo, presentó un recurso de inconstitucionalidad en contra del fallo. Lo hizo ante la Corte de Justicia de la provincia, solicitando la nulidad de la sentencia de la Sala Penal y pidiendo que se restablezca “la validez y firmeza de la sentencia dictada por el Señor Juez de Garantías de Primera Nominación”, esto es el acuerdo homologado por el fiscal de Instrucción nº5 Hugo Costilla y el juez de Control de Garantías nº1, Héctor Maidana. El letrado, también hizo la reserva federal en caso de que su planteo no sea aceptado por el máximo tribunal local.
La semana pasada, este mismo abogado había presentado un recurso de casación, también a la Corte de Justicia, advirtiendo que el fallo de la Sala Penal posee varias irregularidades de forma y fondo.
En esta presentación, Vélez consideró que la sentencia de la Sala penal “es nula por haber violado el artículo 31 de la Constitución Provincial- violación del non bis in idem” (principio jurídico que establece que no se puede juzgar a una persona dos veces por el mismo delito).
Para el abogado esto “resulta de una gravedad institucional extrema que tan livianamente se hayan violado derechos humanos básicos de los imputados, como es el de no ser perseguido dos veces por el mismo hecho, derechos consagrados no solo en tratados con jerarquía constitucional, nuestra Carta Magna Nacional, sino más específicamente y de modo más estricto y específico por nuestra Constitución de la Provincia que veda la revisión de las resoluciones jurisdiccionales firmes en contra del imputado por razones políticas o de strepitus foris”.
“Podemos decir sin temor a equivocarnos que la seguridad jurídica ha muerto en Catamarca el día 10 de febrero de 2025, y que el estado de derecho ha dejado su lugar a la arbitrariedad”, añadió Vélez, haciendo referencia a la fecha en la que la Sala Penal anuló el acuerdo homologado por el fiscal Hugo Costilla y el juez de Control de Garantías, Héctor Maidana, que fue cuestionado por el Ministerio Público Fiscal al plantear la “cosa juzgada írrita”.
Vélez continuó con su descargo al sostener que en base a lo resuelto por la Sala Penal, “todo fallo firme y cualquier resolutorio que se dicte en el futuro, corre un riesgo cierto de ser modificado por el mero capricho o desinteligencias internas entre los integrantes del Poder Judicial, o de que el Ministerio Público Fiscal, ante su propia inoperancia de no haber cuestionado y recurrido en tiempo oportuno, un fallo pretenda la modificación de una sentencia firme”.
En este sentido, consideró que los miembros de la Sala Penal “no han llegado en este caso a dimensionar la gravedad institucional que el resolutorio acarrea para el sistema judicial todo y para el valor de las Sentencias y la seguridad jurídica, dejando en un estado de incertidumbre e indefensión a cualquier habitante de la provincia que alguna vez haya obtenido un fallo a su favor”. n