Piden al Gobierno un sistema de precios mínimos para el litio
El ex director de la Aduana y referente del massismo Guillermo Michel aseguró que la actividad minera del litio requiere un sistema de precios mínimos de referencia para el comercio exterior y un esquema de registro de contratos para que las empresas “valúen correctamente” sus exportaciones y así el Estado pueda cobrar los impuestos sobre esas operaciones sin subfacturación de ventas al exterior.
Para el ex funcionario “la cooperación en minerales críticos con otros países es fundamental para la transición a la energía limpia, potenciar las inversiones en infraestructura y hacer crecer las exportaciones para acumular reservas”, mencionó en un hilo de la red social X.
“Es muy importante que capitales extranjeros inviertan en Argentina, pero este proceso requiere también que las empresas extranjeras que operan en nuestros países valúen correctamente sus exportaciones y paguen los impuestos en nuestro país acorde a transacciones a precios de mercado”, consideró Michel.
En base a los datos oficiales de los primeros 10 meses del año, que precisan ventas externas del complejo litífero de USD 682 millones en ese período, un estudio de la Bolsa de Comercio de Rosario (BCR) proyectó que el año cerraría con ventas externas por casi USD 900 millones y un crecimiento del 27% respecto de 2022.
"Aprovechando la modificación extensa que se está haciendo al marco normativo/tributario de nuestro país a través de la ley ‘ómnibus’, resultaría necesario incorporar herramientas que fortalezcan la posición del Estado argentino respecto de la operatoria de comercio exterior de las empresas exportadoras de litio, como ser precios índices FOB o precios mínimos y un registro de contratos, entre otras cuestiones”, planteó.
En ese plano, propuso dos versiones distintas para un articulado legal que lo contemple. En una alternativa, aseguró que el Poder Ejecutivo debería tener la facultad para “implementar un registro de los contratos” relacionados a la exportación de litio, que debería “incluir la modalidad contractual que se hubiere pactado, las pautas de fijación del precio y sus cláusulas de revisión y ajuste”
Una segunda opción relacionada, según Michel, es que directamente el Ejecutivo pueda “fijar precios índices FOB, fijos o mínimos cuando se tratare de exportación de mercaderías, cualquiera sea su modalidad de venta, que no tuvieren cotización internacional conocida en mercados transparentes, pudiendo a tal efecto implementar un registro de los contratos celebrados con motivo de tales operaciones”.