Un jurado de 12 vecinos, por unanimidad, lo declaró "no culpable"
"Para el jurado no alcanzó": acusado por abuso sexual fue absuelto
Las denunciantes, disconformes con el fallo, consideraron que estos juicios deben ser con jueces idóneos.
“Lo enfrenté y no me creyeron”, dijo “Soledad” –éste fue el nombre que se eligió para resguardar su identidad-. “Soledad” hoy tiene 22 años. Fue víctima de abuso sexual entre los nueve y los 14 años. Junto con “Claudia”, su madre, denunciaron a su agresor, su padrastro. Este hombre también sumó la denuncia de “Laura”, la madre de una niña de tres años que también fue ultrajada por él. El fiscal de Instrucción de Quinta Nominación, Hugo Leandro Costilla, estuvo a cargo de la investigación y lo imputó por los delitos de “abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado por causar un grave daño en la salud mental y ser cometido contra una menor de 18 años” y “abuso sexual simple agravado por ser cometido contra una menor de 18 años”, en ambos hechos “aprovechando la situación de convivencia preexistente”. Desde mediados de 2023, el acusado estuvo privado de la libertad con prisión preventiva.
El martes se inició el juicio por jurados por este delito contra la integridad sexual de dos niñas. “Soledad” se constituyó como querellante y declaró. No se mostró vulnerable porque el proceso por el que debió atravesar la fue endureciendo. El camino que inició con la denuncia continuó con pericias psicológicas y psiquiátricas y por un largo derrotero judicial. A lo largo de ese peregrinar judicial se fue fortaleciendo.
El debate se desarrolló a puertas cerradas por tratarse de delitos de instancia privada. El camarista Silvio Martoccia fue el juez director. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal del caso, Costilla, y el fiscal de Cámara, Augusto Barros. Ambos estuvieron acompañados por la asesora de Menores Carolina Acuña Barrionuevo y la abogada de la querella, Giselle Saseta. La defensa estuvo a cargo del abogado del foro local Juan Pablo Morales.
Durante las dos primeras jornadas se escucharon testimonios. “Soledad”, “Claudia” y “Laura” declararon ante el jurado, que estuvo integrado por 12 vecinos –seis hombres y seis mujeres- de la Capital. “Declaré y fue como que me descargué”, contó Soledad.
También declararon peritos y se visualizó prueba que daba cuenta del abuso y del daño causado a las víctimas. Según las pericias, el acusado tiene rasgos de “manipulador, inmaduro, violento y egocéntrico”. En la segunda jornada de debate, una vez finalizada la ronda de testigos, el acusado decidió declarar. Según se informó, insistió en su inocencia.
El representante del Ministerio Público mantuvo la acusación contra este hombre. La asesora de Menores y la querella adhirieron. A su turno, la defensa solicitó que su asistido sea declarado no culpable. Luego, el camarista Silvio Martoccia, juez director de este juicio popular, impartió las últimas indicaciones al jurado antes de pasar a deliberar. Pasadas dos horas, el jurado llegó a una decisión y se leyó el veredicto. Por unanimidad –como lo establece la Ley Provincial 5719 de Juicio por Jurados-, el acusado fue declarado no culpable. Ante esta decisión del jurado popular, el acusado recuperó inmediatamente la libertad.
“Sentimos impotencia… que estamos a la deriva, sin contención. Ni siquiera hubo una condena social”, expresaron las denunciantes, indignadas. Comentaron que tenían fe en el proceso y en el jurado, pero, tras la decisión unánime de no culpabilidad, consideraron “sin desmerecer, que tal vez los jurados no están capacitados”.
Éste fue el segundo juicio por jurados por abuso sexual con veredicto de no culpabilidad. En noviembre de 2023, un hombre llegó a juicio por jurados acusado del abuso sexual de la hija de su pareja. El jurado, por unanimidad, lo declaró no culpable. El acusado inmediatamente recuperó la libertad.
En estos casos surge el interrogante sobre si aún persisten en la sociedad algunos prejuicios en relación con las víctimas y ellas pasan a ser las cuestionadas. “No se la ve triste”, “tardó mucho en denunciar” o “se la ve bien” suelen ser expresiones que se escuchan o leen con frecuencia ante estos hechos.
En el juicio popular, los jurados son los jueces de los hechos. En un juicio técnico –cuando los jueces deciden-, se resuelve con base al análisis de las pruebas.
“Nos hacen sentir culpables. Nosotras no lloramos. Pasaron muchos años. Para el jurado no alcanzó. Se dijo que no era un juicio por violencia de género sino por abuso sexual. Aún con cámara Gesell no creyeron. Como víctimas pasamos por pericias y un proceso. Queremos justicia”, expresaron.
Una vez finalizado el juicio popular, el acusado recuperó la libertad. “Nos sentimos desprotegidas”, aseguraron las denunciantes.
Por tratarse de un juicio por jurados, con un veredicto unánime de no culpable, las denunciantes no tendrían posibilidad de presentar un recurso de casación ante la Corte de Justicia. El sabor a poco es inevitable, como la sensación de injusticia.
El vecino se convierte en el juez de los hechos
La Ley Provincial 5719 de Juicio por Jurados estipula que serán competencia del sistema de juicios populares las causas cuyos imputados tengan en abstracto penas de 20 años o más de prisión o reclusión. Acusados por delitos sexuales agravados, homicidios (tentados y consumados) y los femicidios en particular serán juzgados por un jurado popular. De acuerdo con esta normativa, los juicios por jurados se realizan en el lugar (o circunscripción) donde se cometió el hecho. El objetivo es que los vecinos sean los que juzguen. Por ello, los jurados seleccionados no pueden negarse porque es un deber cívico. Es decir, una carga pública, como ir a votar.
Además, la Ley estipula que el jurado –integrado por paridad de género, seis hombres y seis mujeres- debe llegar una decisión por unanimidad tanto por la culpabilidad o la no culpabilidad. “La exigencia de unanimidad del veredicto pone de manifiesto la legitimidad en la decisión”, había considerado la Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca, al confirmar una sentencia de una condena por abuso sexual. La Asociación Argentina de Juicios por Jurados (AAJJ) se hizo eco de este fallo. Según se precisó, se destaca la importancia de la unanimidad por parte de un supremo tribunal. De esta manera, Catamarca sentó precedente en el país.
No obstante, también hay un antecedente de “jurado estanco”. En el primer juicio popular del Tribunal Penal Juvenil por abuso sexual en mayo del año pasado, el jurado no logró la unanimidad requerida y la deliberación estancada. El juez director resolvió declarar juicio estancado, de acuerdo con el artículo 87 de la Ley de Juicio por Jurados: "Al no alcanzarse la unanimidad en un plazo racional de deliberación, el juicio se declarará estancado y podrá juzgarse nuevamente ante otro juez o jueza y otro jurado".