martes 22 de septiembre de 2026
Para jubilados y pensionados

Oficializan bono de $55.000

El Gobierno oficializó el pago del bono de $55.000 para jubilados y pensionados a efectuarse en enero, de acuerdo al Decreto 116/2023 publicado en el Boletín Oficial.

La medida se suma al bono de $55.000 correspondiente al mes de diciembre, que también fue confirmado por el Gobierno en los últimos días del año. El beneficio había sido anunciado en octubre pasado por el entonces titular de la cartera económica Sergio Massa, para los últimos dos meses del año, pero hasta la semana pasada se había pagado solamente en noviembre. La confirmación del cobro de diciembre llegó con la incorporación de un tercer pago en el primer mes del 2024.

Desde el Gobierno argumentaron la medida manifestando "que la grave situación socioeconómica que atraviesa el país ha ocasionado un alza acelerada del índice de precios, con especial incidencia en los adultos mayores de menores ingresos, para quienes es necesario acudir a su sostenimiento".

De esta manera, el Ejecutivo dispuso que "en el contexto señalado resulta menester otorgar una ayuda económica previsional por un monto máximo de $55.000 para aquellos titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual a $105.712,61". Asimismo, resolvió que "aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al monto de $105.712,61, la ayuda económica previsional será igual a la suma necesaria hasta alcanzar el tope de $160.712,61".

El bono será destinado para las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES, las beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor y las beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago también se encuentre bajo la órbita de aquel organismo previsional.

El documento oficial precisó que "para percibir la presente ayuda económica previsional, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación y la misma no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto".

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