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Editorial

Mucho más que una condena moral

16 de diciembre de 2023 - 01:20

Hasta no hace mucho tiempo, el maltrato animal tenía, a lo sumo, una condena moral. Pero desde hace un tiempo, con la aparición de normativa específica, tiene condenas de otra índole, que van desde contravenciones hasta delitos penales.

Un ejemplar caso acaba de resolverse judicialmente en la provincia de Jujuy. Un hombre que ahorcó con una soga a los cinco perros que tenía su hermana en una vivienda de la localidad de Palpalá, en esa provincia norteña, fue condenado por la Justicia a cumplir dos años y medio de prisión de ejecución condicional, realizar un “curso de sensibilización y concientización animal”, iniciar un proceso terapéutico “por sus conductas violentas” y acatar una restricción de acercamiento a la mujer, que lo denunció por los ataques.

El fallo lo adoptó la jueza ambiental de Jujuy, María Laura Flores, quien consideró que el acusado resultó responsable del delito de “crueldad animal en concurso real” en los cinco hechos.

Al argumentar su fallo, la magistrada manifestó que “a los animales les deben ser reconocidos determinados derechos que derivan del derecho básico del respeto a la vida y a su dignidad como seres que sienten”. “Es menester reconocerle al animal el carácter de sujeto de derechos, pues los sujetos no humanos (animales) son titulares de derechos, por lo que se impone su protección en el ámbito competencial correspondiente”, agregó.

La Ley de Protección de los Animales contra el Maltrato y los Actos de Crueldad Animal fue sancionada en 1954. En ese instrumento legislativo se especificaron las conductas que pueden ser penalizadas, de forma más específica y con más penas, diferencias según el tipo de hecho cometido. Las penas van de los quince días a un año de prisión. Pero el maltrato animal fue incluido como delito recién en la reforma del Código Penal de 2015.

La norma original tiene casi 70 años de vigencia, pero su cumplimiento no es muy usual. Sin embargo, los antecedentes de fallos judiciales van conformando una jurisprudencia que es muy útil. En 2013, la Corte Suprema de Justicia confirmó una condena de 11 meses de prisión por actos de crueldad contra un animal. Dos años después, el Poder Judicial de Santiago del Estero produjo su primera condena por maltrato animal, al obligar a una mujer a realizar tres meses de trabajo comunitario por asesinar a cuchillazos a un perro.

En el caso de Palpalá, la novedad es que la sentencia se basa en lo que se denomina el reconocimiento de los animales como seres sintientes, lo cual también marca un precedente virtuoso, concepto que está reconocido por la Constitución de la provincia de Jujuy.

A medida que se avance en la concientización de la caracterización del maltrato animal en sus casos más graves como delito penal, se espera también que se agraven las penas, lo cual, junto con la prevención, podría gravitar para que los casos dejen de naturalizarse y disminuyan progresivamente.

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