"Los planteos resultan inviables a la luz del derecho vigente"
El Partido Gen Catamarca rechazó ante la Justicia Electoral la impugnación realizada por el sector que lidera Rubén Manzi respecto a las precandidaturas de los intendentes pertenecientes a dicha fuerza que van por la reelección. Mediante la presentación realizada por su vicepresidenta, la abogada Beatriz Monllau, el GEN respondió que las impugnaciones de JPC contra el precandidato a intendente por San José de San María, Antonio Gómez, y el precandidato a intendente por Chumbicha, Alfredo Hoffmann, "resultan inoportunas e inviables a la luz del derecho vigente".
En este sentido, la letrada observa las disposiciones de la Ley 4640 que contempla los requisitos para ser intendente en los municipios sin Carta Orgánica. "Sin embargo, la Constitución Provincial, ley de mayor jerarquía en la pirámide jurídica, dispone en idéntico sentido pero con mayor claridad y precisión, específicamente en el artículo 249, que 'para ser intendente se requiere: tener veinticinco años de edad, cuatro años de ejercicio de la ciudadanía y una residencia inmediata no inferior de dos años en la jurisdicción... y el artículo 250 puntualmente señala que 'el intendente durará en sus funciones cuatro años y podrá ser reelecto. Los concejales durarán en sus mandatos cuatro años y serán reelegibles".