El juez de Control de Garantías Nº 1, Héctor Rodolfo Maidana, dictó prisión preventiva en contra de Cristian Marcelo Barros (padre), Nery Nelson Barros, Cristian Alejandro Barros y Marcelo Exequiel Barros; y decidió que Gustavo Exequiel Varela sea liberado. La resolución se conoció ayer. Los Barros y Varela están sospechados de haber asesinado a Marcelino Pachado. Todos están imputados por el delito de “homicidio agravado por alevosía en calidad de coautores”. La fiscal de Instrucción Nº 3, Paola González Pinto, había solicitado la prisión preventiva para los cinco hombres.
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Los Barros seguirán presos y Varela saldrá en libertad
Dictaron prisión preventiva para Cristian Marcelo, Nery Nelson, Cristian Alejandro y Marcelo Exequiel.
El funcionario judicial resolvió no hacer lugar a la prisión preventiva para Varela y, en consecuencia, ordenar su libertad, previo a prestar caución juratoria en el Juzgado. Además, le impuso una serie de restricciones. Varela tendrá que fijar domicilio dentro del radio de 15 cuadras del asiento de la Fiscalía de Instrucción interviniente y no mudarlo sin previo aviso al órgano judicial competente; permanecer a disposición de la Fiscalía de Instrucción Nº 3 y concurrir en horario de despacho por ante la sede de la misma todos los días lunes y viernes, o el primer día hábil subsiguiente, si los mismos fueren no laborables o feriados; abstenerse de realizar cualquier acto que pueda obstaculizar el descubrimiento de la verdad y la actuación de la ley, con la prohibición de acercarse a la persona y/o domicilio de los testigos, como también llevar a cabo cualquier acto de hostigamiento y/o amedrentamiento directo o indirecto por sí o por terceros, y/o por cualquier medio de comunicación existente, todo ello bajo apercibimiento de revocarse la libertad en caso de no cumplir con las obligaciones impuestas.
En sus fundamentos, Maidana explicó que en el caso de Varela “no se advierte, ni la fiscal lo demuestra, la existencia concreta del peligro procesal”. También señaló que no existen pautas objetivas que permitan afirmar que si el imputado recupera la libertad, podría entorpecer la investigación.
“La representante del Ministerio Público Fiscal (MPF), al fundamentar la existencia del peligro procesal, no hizo alusión de manera concreta a la peligrosidad procesal de Varela, como lo hizo con relación a los prevenidos Barros”, añadió.
El juez tuvo en cuenta que, al menos hasta el jueves a la mañana, no se incorporó a la causa el resultado de la pericia psicológica de Varela, lo que le impide pronunciarse “acerca de su personalidad y a la posibilidad de que pudiera influenciar a los testigos”.
Maidana puso énfasis en que la testigo Vanesa del Carmen Segura, clave en la causa, “en ninguna de sus tres declaraciones manifiesta haber recibido algún tipo de presión o amenazas por parte de Varela, el cual, de acuerdo a la planilla prontuarial obrante en la causa, no registra antecedentes ni policiales ni judiciales”.
Barros
En sus argumentos, el magistrado consideró que de la prueba incorporada a la causa devienen elementos de convicción suficiente para estimar, con el grado de probabilidad requerido en esta etapa del proceso, que los encartados de apellido Barros participaron en el crimen de Pachado.
En este sentido, valoró las declaraciones de algunos testigos que comprometieron a los Barros con la versión de los hechos que brindaron a los investigadores.
Por otra parte, destacó las pericias psicológicas de ellos. Las pruebas indicaron que Marcelo Exequiel es “impulsivo, tiene tendencias a transgredir las normas y reglas, como así también predisposición a involucrarse en conductas delictivas, baja tolerancia a la frustración, personalidad antisocial y proclividad a repetir actos de violencia”.
En tanto, Cristian Alejandro es “una persona irritable, impulsivo, con poca tolerancia a la frustración, antisocial, como así también manipulador y especulativo en su intento de obtener resultados favorables para sí mismo”.
Nery Nelson, por su parte, es “inmaduro, impulsivo, agresivo, con baja tolerancia a la frustración, egocéntrico, lo que le dificulta la mirada hacia el otro”.
Cristian Marcelo es “manipulador, especulativo, que presenta una personalidad regulada por reglas propias que no incluye el respeto a la ley, es agresivo, controlador y con escasa tolerancia a la frustración”.
Maidana señaló que tampoco se puede soslayar “la actitud de los acusados Barros luego de acaecido el hecho disvalioso. En su intento de obstaculizar la investigación, procedieron a desmantelar el automóvil Renault 12, vehículo en el cual habrían trasladado a la víctima Pachado –luego de haberlo golpeado– a inmediaciones del río del Valle, donde posteriormente fue encontrado”.
Por último, remarcó que el dictado de la prisión preventiva para los Barros es absolutamente necesario “para salvaguardar los fines del proceso, como la única manera de evitar que puedan contactarse con los testigos (e) intenten influir sobre los mismos, induciéndolos a falsear su declaración o a incumplir con su deber de presentarse al llamado judicial para morigerar su situación procesal”.
Caso
Pachado fue asesinado el 7 de febrero de 2017 en la ciudad Capital. En la causa, Cristian Marcelo Barros (padre), Nery Nelson Barros, Cristian Alejandro Barros, Gustavo Exequiel Varela y Marcelo Exequiel Barros están imputados por el delito de “homicidio agravado por alevosía en calidad de coautores”.