jueves 2 de abril de 2026
Causa Bacchiani, fallo del juzgado federal

Llamado de atención a Alfredo Aydar por "falsedad" y "mala praxis"

Se le ordenó abstenerse de realizar aseveraciones falsas en sus escritos y se dio parte a la Cámara Federal de Tucumán.

El juez Federal de Catamarca, Miguel Ángel Contreras rechazó un pedido de recusación contra un funcionario de ese juzgado efectuado por el abogado tucumano Alfredo Alejandro Aydar y, le realizó un fuerte llamado de atención por mala praxis al no utilizar como es debido las vías procesales y realizar aseveraciones falsas y maliciosas en sus presentaciones judiciales.

A la vez, ordenó remitir la documentación correspondiente a la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán para que aplique las sanciones correspondientes.

Según el fallo emitido ayer, Aydar pidió recusar al prosecretario penal Raúl Enrique Córdoba, aseverando por escrito que ese Juzgado afirmó que el hermano de Córdoba fue ‘pocero’ de Edgar Bacchiani, “lo cual es notoriamente falso y malicioso”, ya que en su informe, Córdoba “jamás se ha referido a su hermano en ese carácter. Por el contrario, menciona que el mismo fue inversor en la empresa como lo fueron las personas representadas por Aydar”.

Contreras explicó que la recusación fue rechazada por ser “manifiestamente improcedente” el 7 de agosto y que las demás partes que intervienen en la causa, fiscal federal, abogados defensores y querellantes, no se manifestaron en algún sentido respecto al fallo.

En este contexto, “Aydar interpuso un recurso de apelación de forma extemporánea (fuera de tiempo), basándose en una “falsedad”, asegurando que fue notificado el 8 de agosto cuando en el sistema LEX100 consta que la notificación ocurrió el día anterior.

Si bien podría tratarse de un error de tipeo, el 14 de agosto se dictó nueva resolución rechazando el pedido de apelación, que tampoco fue cuestionado por las demás partes que intervienen en la causa.

Sin embargo, al interponer el recurso de apelación, Aydar presentó un nuevo escrito recusatorio contra Castillo del que, según el juez, “surge que el mismo es una reedición de lo ya planteado y una crítica a lo resuelto, que (…) no ha utilizado correctamente ninguna vía procesal para impugnar lo decidido".

"Por lo tanto, tratar nuevamente la cuestión sólo serviría para remediar la mala praxis del profesional representante de parte querellante quien no ha utilizado las herramientas que la ley le otorga en tiempo y forma oportuna, más allá de lo manifiestamente improcedente de la solicitud”, sentenció.

Contreras resolvió “efectuar un severo llamado de atención al abogado Aydar, en atención a sus falaces afirmaciones manifiestas en sus escritos”, al “afirmar una fecha distinta de notificación y hacer afirmaciones inexistentes en autos”.

Para finalizar, Contreras le ordenó a Aydar “que se abstenga de realizar aseveraciones falsas en sus presentaciones” y dar inmediata intervención a la Cámara Federal de Tucumán, para que resuelva sobre las posibles sanciones que deberán ser impuestas.

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