En febrero de 2018, la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Tercera Nominación halló culpable a Marcela “Chili” Iturres por el delito de “robo agravado por el uso de armas en grado de tentativa”. Fue condenada a la pena de tres años de prisión efectiva. Por el prontuario de “Chili” Iturres, el castigo se sumó a otros anteriores. En 2008, había sido condenada a tres años de prisión efectiva por un robo y en 2010 la Cámara Penal de Primera Nominación la había sentenciado a 12 años de prisión al haber sido hallada culpable por el delito de “robo doblemente calificado por el uso de armas y por haber sido cometido en lugar poblado y en banda”. De esta manera, con la pena unificada, “Chili” Iturres cumple una pena de 18 años de prisión y al haber sido declarada reincidente nuevamente, no podrá acceder a ningún beneficio excarcelatorio. Es decir, tendrá que cumplir el castigo a raya.
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La sala penal denegó la prisión domiciliaria a Marcela "Chili" Iturres
En la sentencia de 2010 se consideró a Iturres como una persona peligrosa y que su juventud -21 años, por entonces- no actuó como atenuante, sino todo lo contrario, ya que la grave precocidad delictiva aconseja en el caso un tratamiento penitenciario que permita la rehabilitación de esta acusada. Ocho años después, volvió a ser condenada por otro robo.
En abril de 2023, Iturres perdió el beneficio de la prisión domiciliaria. Asistida por su defensor, el abogado del foro local Pedro Justiniano Vélez, presentó un planteo ante el Juzgado de Ejecución Penal pero éste lo rechazó. La defensa presentó el recurso de casación ante la Corte de Justicia de Catamarca pero la sala penal resolvió no hacer lugar al recurso de casación interpuesto y confirmar la denegatoria a la solicitada prisión domiciliaria. A la vez, ordenó requerir al Juzgado de Ejecución Penal que solicite al equipo técnico de los Juzgados de Familia la elaboración de un informe socioambiental en el domicilio donde actualmente residen los hijos de Iturres. A tal fin, se deberá dar intervención a la asesora de menores. Asimismo, deberán informar respecto al estado de salud del progenitor de Marcela Iturres y todo otro dato que sea de interés para la causa. También se resolvió disponer a cargo del Servicio Penitenciario Provincial diligenciar y coordinar que la condenada Iturres retome el tratamiento para sus adicciones, encargándose del traslado correspondiente e informar cada 15 días al Juzgado de Ejecución el cumplimiento y avance de éste.
La elaboración del voto estuvo a cargo de la ministra Fernanda Rosales Andreotti y tuvo la adhesión de sus pares de la sala penal, los ministros Verónica Saldaño y Hernán Martel. Marcela Iturres estuvo bajo el régimen de prisión domiciliaria desde agosto de 2020 hasta el 14 de abril del 2023. La mujer incumplió con las pautas para la prisión domiciliaria y dio positivo en el consumo de sustancias psicoactivas. Esta última revocatoria es materia de análisis y decisión, se advirtió.
“Mientras la recurrente estuvo en prisión domiciliaria fue trasladada en reiteradas ocasiones al Centro Integral de Salud (CIS –ex-Humaraya)- a los fines de llevar adelante un tratamiento psicoterapéutico. Marcela Iturres accedió a tal asistencia en forma constante, periódica, con el objetivo de tratar su adicción. Paralelamente, advierto también que a lo largo de la prisión domiciliaria se cursaron distintas intimaciones –siendo la última de fecha a la recurrente para que observe estrictamente las normas establecidas al momento de concederle el beneficio-”, se detalló.
Incumplimiento
El 14 de abril de 2023 se registraron varias salidas en horarios no permitidos, sin justificación alguna. Personal policial se hizo presente. Allí se encontraba “Chili” Iturres, bajo los efectos de estupefacientes. “En ese contexto se ordena su inmediato alojamiento preventivo en el establecimiento penitenciario femenino como también la realización de un examen de determinación de droga en orina, el cual da como resultado positivo en cocaína y benzodiacepina”, se detalló.
Todo ello se complementa con el vínculo de la mujer con sus hijos –principal motivo por el que se le concede la prisión domiciliaria-. El consumo problemático de Iturres afecta este vínculo. “Si bien estimo que la relación entre madre e hijos es trascendental con todos los factores que implica, sin idealizar el vínculo, estereotipar roles ni exigir conductas ejemplares, en el presente caso, a mi criterio, no están dadas en este momento las condiciones óptimas para que Marcela Iturres regrese a su domicilio y esté a cargo de sus hijos menores de edad”, se consideró.
A la vez, se advirtió que "el tratamiento presencial en el CIS fue suspendido, según entiendo -no hay constancias en el expediente que demuestren otra cosa- por el cese de la prisión domiciliaria". Para la sala penal, el hecho de haber tenido una recaída en su enfermedad no permite concluir el fracaso del tratamiento que ha sostenido Iturres por varios años. “Cabe destacar que el énfasis que esto amerita en el caso no es solo en aras de la salud de la recurrente, sino también en resguardo de sus hijos quienes, eventualmente, estarán a su cuidado”, se señaló.
Se destacó el prolongado tiempo desde el cual la recurrente viene reiterando patrones de conductas que verificaron incumplimientos a las condiciones determinadas oportunamente al momento de otorgar la prisión domiciliaria y, por ende, las respectivas revocatorias del beneficio. “En el particular, a los fines de solicitar la prisión domiciliaria, Marcela Iturres fija idéntico domicilio que en las ocasiones previas. Asimismo, del informe socioambiental surge que quien se mudaría a vivir con ella y los menores es su progenitor. Así, es evidente que el contexto al cual volvería Marcela Iturres, de hacerse lugar a la medida, es el mismo en el que se encuentra inmersa hace años, sin avizorar cambios significativos que puedan suponer que no recaerá en conductas o comportamientos ya desplegados”, se estimó.
