lunes 26 de octubre de 2026
La mujer policía acusada por abuso de autoridad pidió "que se haga justicia"

"La reduje y le pregunté por qué me insultaba", declaró Santillán

Por unanimidad, fue condenada a la pena de dos años y seis meses de prisión e inhabilitada por el doble del tiempo.

“Quiero aclarar esta situación que injustamente me trajo a proceso”, fueron las primeras palabras de Gabriela Fernanda Santillán, al abrirse la última audiencia del debate oral y público en su contra. La mujer policía fue acusada por los delitos de “vejaciones”, hecho ocurrido en 2015 y "privación abusiva de la libertad en concurso ideal con lesiones leves calificadas por haber sido cometido por un miembro policial en abuso de sus funciones", de agosto de 2021.

El Tribunal estuvo integrado por los jueces Miguel Lozano Gilyam, Silvio Martoccia y Luis Guillamondegui. El Ministerio Público Fiscal fue representado por el fiscal Augusto Barros, acompañado por el abogado de la querella –en representación de la denunciante del segundo hecho- Gustavo Rentín Villegas. La defensa fue ejercida por el abogado del foro local Juan Pablo Morales.

El primer hecho data de 2015. La víctima había ratificado su declaración. Señaló que Santillán la "obligó a desnudarse", que la hizo "desfilar por la comisaría" y que le "pegó cachetadas", generándole incluso pérdidas (líquido amniótico) por lo que debió ser asistida por el médico de la Policía. “Soy mujer. Jamás pondría en ridículo a una mujer y menos embarazada. No hubo ‘desfile’; no lo dejó en la denuncia”, remarcó.

El segundo hecho es de agosto de 2021. Santillán quedó registrada en un video que se viralizó por su proceder violento para arrestar a dos comerciantes en el centro capitalino. Al respecto, la mujer policía contó que el día en cuestión era sábado, en horas de la mañana. Ella se encontraba en la garita de seguridad de la esquina de Sarmiento y Esquiú. “Veo que un motociclista se cae”, recordó, en esa esquina. Supuestamente, se habría resbalado porque en la vereda del comercio en cuestión –ubicado en Sarmiento al 500- la propietaria había arrojado agua con detergente. “Se enoja porque le digo que dejen de tirar agua”, contó.

Además, la policía aseguró que debe informar las novedades a sus superiores. “A nosotros nos avala (el Código Procesal Penal) para pedir la identificación. Para mí, no era nada grave. Me insultó. La reduje y le pregunté por qué me insultaba”, detalló.

Más adelante, de acuerdo con su relato, pasó las novedades al oficial a cargo. Según Santillán, su superior dispuso el traslado a las dos mujeres. “Ella me trató mal. Me insultaba en todo momento. Tenemos una técnica de traslado para inmovilizar. No le falta el aire –a la persona reducida-. El personal civil lo puede ver agresivo. Cumplí una orden de la superioridad”, aseguró.

Testigos

Tras la declaración de la acusada, se procedió con la última ronda de testigos. Uno de los testimonios más relevantes fue el de la propietaria del comercio que está en la esquina de Sarmiento y Esquiú. “Sentí como una explosión en el vidrio. Pensé que fue un choque.

La vi –a la comerciante vecina- estampillada en el vidrio. Salí y vi que una mujer policía la tenía agarrada de atrás. Hubo un forcejo y ella –la denunciante- cayó dentro mi local”, recordó.

También se presentó el entonces jefe de la Policía de la Provincia, Ángel Ignacio Agüero. Contó que se enteró de lo sucedió por los medios de prensa y las redes sociales. Se acercó a la Comisaría Primera para interiorizarse de la situación. “No dar datos es una contravención… Hay un poder discrecional del policía. No coincido con el criterio del arresto (en cuestión). Se podía realizar otro procedimiento. El policía está facultado a pedir la identificación y el ciudadano debe identificarse. La fuerza está para controlar, no para dañar. No debió ser privada de la libertad”, manifestó.

Otro testigo recordó que la denunciante se acercó al puesto de verduras de la esquina. La policía dejó que cruce “y la agarró del cuello y de atrás. La lleva contra el negocio. Miran y nadie se mete. La tenía ahorcada. La tiró hacia atrás. Le dije que la largue, que se queda sin respiración. ‘No te metas, no se quiso identificar’, dijo. Fue una situación fea; la Policía está para cuidar”, consideró.

Alegatos

Pasada la ronda de testigos, se continuó con la instancia de alegatos. El fiscal Barros indicó que la acusada presenta “un patrón de conducta: exige respeto. No saludaste, adentro; no te identificaste, adentro”.

Con relación al segundo hecho, precisó que la denunciante fue “arrestada de manera abusiva porque no se identificó. Si el tema era no identificarse, si era una falta de respeto, la policía dio otro nombre. Esperó; quedó resentida por la falta de respeto. Esperó a la dueña. Curioso patrón, la agarra del cuello. ¿Era necesaria esta violencia? No”, sostuvo.

A su criterio, “un mal policía no puede ser regente de la institución policial”. Además, advirtió que Santillán posee “un legajo bastante complicado”: problemas de conducta, retiro del arma, días de arresto y pase a disposición. Valoró, a su favor, que es madre y sostén de familia. A esta altura del alegato del fiscal, la acusada se quebró.

“La Justicia debe ser Justicia. No podemos hacer justicia por venganza”, aclaró.

El fiscal mantuvo todas las acusaciones: “violación de domicilio”, “privación ilegítima de la libertad con violencia y fines de venganza”, “vejaciones”, “privación ilegítima de la libertad agravada por ser cometida por personal policial con abuso de sus funciones” y “lesiones leves”. A la vez, pidió una pena de tres años de prisión en suspenso y el doble de inhabilitación, más pautas de conducta.

A su turno, el abogado de la querella adhirió al planteo del representante del Ministerio Público Fiscal. Para Rentín Villegas, “quedó en evidencia el desmanejo de la acusada. Fue superada por la situación y sus propias emociones”. A la vez, puso énfasis en el legajo de la acusada. “No es apegada a las reglas; las reglas no deben aplicarse a ella. Dejó de lado todos los protocolos e hizo un mal manejo de la fuerza. Ocasionó daños físicos y psicológicos. La Justicia no debe ser venganza ni tampoco revancha”, sostuvo.

En tanto que el defensor Morales disintió con el fiscal. Advirtió que el caso trascendió porque se viralizó un video. Para la defensa, hubo fisuras en el testimonio de la primera denunciante. “Persiguió a dos sospechosas y aplicó la Ley. La venganza no está probada. No hay violación de domicilio ni privación ilegítima de la libertad. Ante la duda, no se puede condenar con orfandad probatoria”, sostuvo.

Con relación al segundo hecho, la defensa indicó que es una contravención no dar los datos filiatorios. Para Morales, por parte de su asistida no hubo mala intención sino un “cumplimiento debido”. “Cumplió acabadamente sus funciones. No hubo intención de cometer delitos. Ejerció funciones dentro de la legalidad. Hay hipocresía; los otros, ‘con estrellas’ –haciendo referencia a los otros policías con mayor rango que habrían intervenido- no están sentados (en el banquillo de los acusados). El hilo se corta por lo más débil. Lamento profundamente la afección, fue involuntario”, expresó el defensor.

Al cierre de su alegato, Morales pidió la absolución por el beneficio de la duda. “No se llegó al grado de certeza”, consideró. La acusada hizo uso de su derecho a expresar una última palabra: “Que se haga justicia”.

Veredicto

Pasadas las 14, la secretaria del Tribunal Andrea Montoya hizo la lectura del veredicto. Santillán fue hallada culpable en el delito de “privación ilegítima de la libertad agravada por ser cometida con sed de venganza y vejaciones”, “privación de la libertad y lesiones leves calificadas por ser cometidas por miembro policial en abuso de función”. En consecuencia, se la condenó a la pena de dos años y seis meses de prisión condicional e inhabilitación especial para ejercer la función policial por el doble del tiempo de la condena.

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