martes 26 de marzo de 2024
Estafa piramidal

La Justicia tucumana llevó a Bacchiani a ser el primer criptoembargado del país

Una jueza de esa provincia trabó un embargo por U$S6.500 de las cuentas del trader a favor de uno de los inversores. Es la primera vez en el país que dictan embargo sobre cuentas cripto.

Una jueza tucumana trabó embargo por U$S6.500 de las cuentas de Edgar Adhemar Bacchiani a favor de uno de los inversores que le entregó dinero para que invirtiera en la compra y venta de criptomonedas. Esta es la primera resolución de la Justicia ordinaria de aquella provinciaen el caso Bacchiani. Es tambié la primera de este tipo contra una plataforma de criptomonedas que presta sus servicios desde el exterior. El fallo abarca tanto las cuentas que tenga el demandado como los fondos actuales y futuros que se le liquiden.

El diario tucumano La Gaceta informó la medida, que ya fue replicada por los principales medios nacionales. “No nos interesa que Bacchiani esté en Batán, Villa Urquiza o Miraflores; buscamos que nuestros representados recuperen el dinero que invirtieron”, expresó el abogado patrocinante de siete damnificados, Jaime Roig, al responder por qué no iniciaron una demanda penal en contra del "trader". “Buscamos otra alternativa y afortunadamente logramos un fallo importante que le da otro carisma al caso”, indicó.

La Gaceta, además, señaló que el abogado inició la demanda de uno de los damnificados el viernes 6 de mayo. Por sorteo, se designó a la jueza de Documentos y Locaciones I, María del Rosario Arias Gómez, para que entendiera el caso. Después de analizar la denuncia, convocó a las dos partes para que se realizara una audiencia de conciliación.

“La fecha fue cuando a Bacchiani le daban el arresto domiciliario para que se empezara a analizar sus cuentas. Pero, pese a haber sido legalmente notificados, ningún representante de AC se presentó al encuentro”, explicó el profesional.

La medida

La magistrada ordenó que se oficie a Binance Services Holding Limited, una de las billeteras virtuales más importantes del mundo, para que inmovilicen U$S5.000 dólares en concepto de capital adeudado y otros U$S 1.500 por las posibles intereses que se pueden generar por el paso del tiempo. También dispuso que ese monto de dinero (más de $1,3 millones) sean depositados en una cuenta del poder judicial en el Banco Macro hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

Arias Gómez, en su fallo, aclaró: “En caso de que el destinatario del embargo tuviera medidas cautelares trabadas con anterioridad al presente oficio, deberá hacerse efectivo una vez cumplidas las mismas. El oficiado deberá comunicar cuando se produzcan los depósitos”.

“Binance es una empresa multinacional que tiene su sede en Irlanda, que es una especie de paraíso fiscal. Llegar hasta ellos fue bastante complicado porque no existen o no pudimos encontrar bienes a su nombre. La jueza interviniente entendió el planteo y no puso ninguna traba, sino que resolvió rápidamente”, explicó Roig.

El pedido de Santos Reynoso

El fiscal federal de Primera Instancia, Santos Reynoso solicitó el embargo y secuestro de los fondos virtuales que estarían en las cuentas de Edgar Bacchiani y pidió que se le exija al imputado que informe las contraseñas o formas de acceso para ingresar y que sea el propio Juzgado Federal el que dirija las devoluciones de capital.

Reynoso pidió “que se proceda de inmediato al embargo y secuestro de la totalidad de los fondos, dineros, equivalentes en 'criptomoneda' , dinero electrónico, dólares digitalizados y/o cualquier otra forma de fondos o valores dinerarios” y, que “permanezcan bajo la exclusiva custodia de Su Señoría, sin ninguna otra intervención de terceras personas físicas o jurídicas”. El juez Federal Miguel Ángel Contreras respondió sobre el pedido y en un fallo de más de 20 páginas, explicó que la solicitud de trabar embargo sobre los criptoactivos de Bacchiani en su cuenta de Binance "no se puede realizar" ya que los técnicos de Gendarmería Nacional se dieron con que esa empresa mantiene las cuentas congeladas. "Al no estar radicada en el país no está alcanzada por las normas locales, ni el régimen de información de la AFIP", agregó.

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