El nuevo sistema de distritos para las Fiscalías de Instrucción de la Primera Circunscripción tendría su contraparte con el accionar de la Defensa Pública. En el marco del Programa de Gestión Territorial de la Investigación Penal para la Primera Circunscripción Judicial, cuatro fiscales están de turno a la vez. En tanto que se encuentra en funciones un represente del Ministerio Público de la Defensa al mismo tiempo. Con este nuevo sistema no hay paridad de armas. Un defensor público debe enfrentar a cuatro fiscales, sumada la Fiscalía Especializada en Violencia Familiar y de Género de turno, a la vez.
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La Defensa Pública, en jaque con el flamante sistema de distritos
En la Primera Circunscripción Judicial, que comprende los departamentos de Ambato, Ancasti, Capayán, Capital, El Alto, Fray Mamerto Esquiú, Paclín, Santa Rosa y Valle Viejo, la Fiscalía de Instrucción está integrada por nueve fiscales. Éstos se encuentran organizados en cuatro distritos -Este, Oeste, Sur y Norte-, con turnos de entre 10 y 15 días. El Ministerio Público de la Defensa, en el mismo territorio, está conformado por seis defensores oficiales que cumplen turnos de una semana.
También se debe tener en cuenta que el Ministerio Público Fiscal cuenta con fiscales en los Juzgados Correccional y en las Cámaras Criminales, en tanto que el Ministerio Público de la Defensa solamente cuenta con seis defensores, tanto para la instancia de investigación, como de juicio y, de ser necesario, para presentar recursos de casación.
Fuentes consultadas por El Ancasti advirtieron que el flamante sistema tendría que aceitar algunos engranajes para alcanzar óptimos resultados. Según se precisó, hubo fiscales que tomaron indagatorias en las Unidades Judiciales –en Capital, Valle Viejo y Fray Mamerto Esquiú funcionan 11 precintos, más la Unidad Judicial Especializada en Violencia Familiar y de Género-. Ante esta situación, la Defensa Pública se ve complicada para recorrer las distintas unidades judiciales para las indagatorias. Por ello consideraron que, a fin de optimizar el funcionamiento de este nuevo sistema, todas las indagatorias se tomen en la sede de la Fiscalía de Instrucción, sita en Roca 50.
Los representantes del Ministerio Público de la Defensa advierten que deben correr con los gastos para trasladarse de un precinto a otro, bajo su propia responsabilidad y en vehículos personales y poder hacer frente a cinco fiscales de turno, al mismo tiempo. Sin embargo, consideran que el sistema de distritos podría aceitarse y coordinarse. Los seis defensores están a cargo del 80 %, por turno, se detalló. El resto de los imputados contaría con defensa particular.
Rol
El Código Procesal Penal de Catamarca, en el artículo 74, estipula que el fiscal de Instrucción dirigirá la Investigación Penal Preparatoria (IPP) en el caso de los delitos de acción pública, practicando o haciendo practicar todos los actos inherentes a ella y actuará ante el juez de Control de Garantías cuando corresponda. Impartirá instrucciones a la Policía Judicial y al delegado judicial en los casos particulares en los que entienda.
Además, en el artículo 117 se establece que el imputado tendrá derecho a hacerse asistir y defender por abogados de su confianza o por el defensor oficial. Podrá también defenderse personalmente, siempre que ello no perjudique la eficacia de la defensa y no obste a la normal sustanciación del proceso. En el artículo 120 se advierte que “cuando el imputado no elija oportunamente defensor, el fiscal de Instrucción o el Tribunal nombrará en tal carácter al defensor oficial, salvo que lo autorice a defenderse personalmente”.
Nuevo paradigma
En este contexto, se debe tener en cuenta la entrada en vigencia de la Ley Provincial 5719 de Juicios por Jurados. El Ministerio Público Fiscal cuenta con el fiscal del caso –de Instrucción- y el Fiscal de Cámara. En tanto que el acusado suele contar con un único defensor que lo acompaña en todo el proceso. No obstante, el Código Procesal Penal estipula que puede llegar a tener dos. En el marco de los juicios populares, oportunamente desde la Defensoría Oficial Penal se había advertido que resulta “imperioso” contar con adecuaciones, como un Código Procesal Penal actualizado y un Ministerio Público de la Defensa. “Hay que plantear nuevos paradigmas teniendo como norte el juicio por jurados. Esos cambios se tienen que plasmar desde el comienzo de la investigación”, se comentó.
