La Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca rechazó el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de un joven condenado a seis años de prisión. En abril de 2025, la Cámara de Sentencia Penal Juvenil lo halló culpable en el delito de “abuso sexual con acceso carnal”. No obstante, mantenía la libertad hasta que el fallo quede firme. En septiembre del año pasado, la Sala Penal rechazó el recurso de casación presentado por la defensa y, a la vez, confirmó la sentencia de Cámara. La defensa insistió con el recurso extraordinario federal para recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación pero con el rechazo de este planteo, la sentencia quedó firme para la Justicia catamarqueña.
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La Corte dejó firme una condena de seis años por abuso sexual
La Sala Penal rechazó un recurso extraordinario federal. Para la Justicia catamarqueña, la sentencia quedó firme.
El ultraje por el que el muchacho respondió sucedió durante la semana del estudiante de 2019, en El Rodeo, Ambato. El joven llegó a debate junto a otro coimputado. Al momento del hecho, ambos tenían 19 y 21 años. La Cámara de Sentencia Penal Juvenil lo declaró culpable por unanimidad y lo condenó a seis años de prisión. El segundo acusado fue absuelto. Hubo un tercer imputado, un adolescente de 17 años, al momento del hecho. Dada esta situación, la causa se tramitó en la órbita del Tribunal Penal Juvenil. Este chico por cuestiones de salud, no pudo ser juzgado en ese debate. El Tribunal, en sus fundamentos, resaltó que el imputado se aprovechó de la situación de vulnerabilidad de la víctima, producto de la ingesta de alcohol y anfetaminas.
Casación rechazada
Tras la condena, el abogado defensor Orlando del Señor Barrientos presentó un recurso de casación. En septiembre de 2025, los ministros de la Sala Penal Fernanda Rosales Andreotti, Verónica Saldaño y Hernán Martel, por unanimidad, rechazaron el planteo por inadmisible. Se consideró que el escrito recursivo carecía de una crítica concreta, razonada y autosuficiente de los fundamentos del fallo impugnado.
Últimas instancias
Frente a ese rechazo, el nuevo abogado de la defensa Juan Pablo Morales interpuso un recurso extraordinario federal ante la misma Sala Penal. Para la defensa, la resolución vulneraba las garantías de defensa en juicio, debido proceso y el derecho a la revisión amplia de la condena. A su criterio, la sentencia era arbitraria por omitir agravios centrales vinculados a la valoración de la prueba.
Al correrse vista al procurador General Tristán Lobo, éste dictaminó en contra de la concesión del recurso. Días pasados, la Sala Penal resolvió no conceder el recurso extraordinario. Se señaló que su análisis en esta instancia se limita al control de los requisitos formales de admisibilidad y que la vía extraordinaria reviste carácter excepcional: no constituye una tercera instancia ordinaria ni una vía para revisar cuestiones de hecho o prueba.
Los ministros de esta Sala concluyeron que el recurso no satisfacía los recaudos exigidos. Además, se indicó la carátula no contenía una exposición clara y autosuficiente de las cuestiones federales; no se estableció la conexión necesaria entre la cuestión federal invocada y la forma en que fue afectada en el proceso y la presentación se limitaba a expresar disconformidad con los criterios del tribunal, sin acreditar la existencia de una cuestión federal autónoma.
"La mera invocación de normas constitucionales o convencionales no basta para habilitar la pretendida instancia, siendo indispensable que el recurrente acredite de manera concreta la relación directa e inmediata entre dichas normas y lo decidido en el caso", se advirtió.
La Sala también descartó el planteo de exceso ritual, al señalar que la inadmisibilidad de la casación obedeció a una deficiencia estructural del recurso, y que el derecho a la revisión amplia no exime al recurrente de cumplir con los requisitos técnicos mínimos del ordenamiento procesal. Tampoco encontró sustento en la alegada arbitrariedad, ya que la defensa no logró demostrar defectos graves de fundamentación que descalificaran la sentencia como acto jurisdiccional válido.
Con este fallo, la condena de seis años de prisión impuesta al joven quedó firme para la Justicia catamarqueña. Sólo le queda la posibilidad de ir en queja para recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Sospechado de ultraje fue arrestado
En otro orden, fuentes policiales informaron que un hombre de 32 años, sospechado de abuso sexual, fue demorado ayer, poco antes de las 9.30 en El Bañado, Valle Viejo. Según se precisó, efectivos del Grupo Infantería de Zona Norte se hicieron presentes en inmediaciones de una escuela secundaria.
Además, se indicó que el hombre fue sindicado por un presunto delito contra la integridad sexual. Además, el sospechoso habría agredido a golpes a su propia pareja y a los hijos de ambos.
Finalmente, el presunto abusador fue trasladado a la Comisaría de San Isidro, que corresponde por jurisdicción. Quedó alojado a disposición de la Fiscalía de Instrucción de turno del Distrito Este. A la vez, los damnificados fueron invitados a radicar las denuncias penales correspondientes en la Unidad Judicial N° 10.
¿Qué hacer?
Ante una situación de violencia, propia o de una persona conocida, el primer paso es denunciar. La denuncia es importante para que la Justicia pueda arbitrar los medios y para poder facilitar los canales de las instituciones y organizaciones que están involucradas en el abordaje integral de víctimas.
Si te encontrás en una situación de violencia, pedí ayuda. Podés hacer la denuncia en la Unidad Judicial Especial de Violencia Familiar y de Género, ubicada en Capital en Esquiú 315; en Villa Dolores, Valle Viejo, en Felix Placita 155. Otra opción es presentarse en las Unidades Judiciales de Capital, Valle Viejo y Fray Mamerto Esquiú.
La sede de la Fiscalía General –sita en Roca 50- es otra posibilidad para asentar denuncias. También podés acercarte a los Juzgados de Familia, en Avenida Juan de Almonacid 1.439. En el interior de la provincia en comisarías o Juzgados de Paz.