Los Juicios por la Verdad son procedimientos judiciales que no tienen consecuencias penales, pero sí un efecto simbólico de “fin de la impunidad” y un reparador para las víctimas. Comenzaron a practicarse en la Argentina de la década del noventa para dilucidar lo ocurrido durante el genocidio practicado como plan sistemático por la dictadura cívico-militar de 1976-83. Las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, sancionadas durante el gobierno de Raúl Alfonsín, y los indultos dictados por Carlos Menem, imposibilitaban que los represores fuesen perseguidos penalmente. Recién luego de que las leyes y los indultos fuesen anulados, los juicios por crímenes de lesa humanidad pudieron juzgarse.
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Juicios por la Verdad, también en casos de abuso
Con el tiempo, los juicios por la verdad fueron extendiéndose a otros delitos y por otras causas. En marzo se dictó en Argentina la primera sentencia de un juicio por la verdad por un caso de abuso sexual ya prescripto. Actualmente rige la ley 27206, sancionada en el año 2015, que modificó el Código Penal estableciendo la imprescriptibilidad de los abusos sexuales. Pero como las leyes no pueden aplicarse retroactivamente, los abusos perpetrados antes de esa fecha y prescriptos según los plazos establecidos por la norma anterior, no pueden perseguirse penalmente, pero sí sometidos a juicios por la verdad.
La primera sentencia de un juicio por la verdad en un caso de abuso sexual encontró culpable a Humberto Aroldo Bello, que abusó de su nieta María Agustina Castells durante ocho años mientras ella era niña. La víctima, que ahora tiene 35 años, pudo contar lo que sucedía cuando tenía 12 para proteger a su hermana. Sus padres la apoyaron y la alejaron del abuelo abusador. Sin embargo, no lo denunciaron.
Recién en 2021, luego de entrevistarse con una abogada, María Agustina tomó la decisión de presentar la denuncia penal. Fue cuando la letrada le dijo que lo que había sufrido encuadraba en el delito de abuso sexual agravado por el vínculo. Para entonces, el delito había prescripto.
La abogada solicitó entonces a la Justicia que se realizara un juicio por la verdad. La Justicia accedió y el abusador, que ahora tiene 87 años, fue sentado en el banquillo de los acusados. Durante el procedimiento, y luego de producida la prueba y escuchados los testigos, Bello admitió los hechos de abusos. El Juzgado de Garantías N° 8 de Lomas de Zamora declaró probado el delito de abuso sexual y, en particular, estableció la responsabilidad del Estado nacional ante la omisión de cumplimiento de las obligaciones asumidas respecto de la prevención, investigación y sanción de delitos sexuales contra niñas, niños y adolescentes.
Aunque no tengan consecuencias penales, los juicios por la verdad son útiles para conocer lo que realmente pasó en el caso que se denuncia, y, como se dijo, tienen un efecto reparador que alivia el dolor de las víctimas. n