Tras la condena a diez y a seis años de prisión para el exsubsecretario de Acción Social Víctor Brandán y el exministro de Salud Pablo Doro en la causa por las compras directas, el Tribunal de la Cámara Penal nº3 dio a conocer los fundamentos de la sentencia y allí se consideró que los dos condenados eran conscientes de que su accionar constituía un perjuicio a la Administración Pública. Además, remarcaron el ánimo de lucro de la maniobra y consideraron que los exfuncionarios “no tenían necesidad de incurrir en comportamientos disvaliosos”. Las defensas tienen diez días hábiles para presentar un recurso de casación.
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Fundamentos del tribunal
Para los jueces, “se estima acreditada la existencia del ardid o engaño empleado para aparentar la provisión de bienes, el que consistió en el despliegue de varios procedimientos administrativos encaminados intencionalmente a inducir en error a la Administración Pública, pero particularmente en la de introducir en las actuaciones administrativas constancias de que, de manera artificiosa, faltan a la verdad”.
Además, aseguraron que “los imputados actuaron bajo una unidad de designio, caracterizada por la voluntad extraña a sus respectivos deberes de obtener un provecho económico indebido para sí y/o para otro”. “Se debe señalar que los encausados, efectivamente tenían conocimiento del carácter perjudicial de la disposición patrimonial que se pretendía, ya que intervinieron en el desarrollo de la causa administrativa, suscribiendo las piezas necesarias para que el trámite concluya conforme el designio común señalado, que luego produjo el perjuicio patrimonial”.
“En relación al fraude en contra de la Administración Pública, es dable señalar que la norma de mención no crea ni prevé una figura especial de defraudación. En todo caso, califica la sanción correspondiente a las estafas y defraudaciones cuando el sujeto pasivo es la Administración Pública. En consecuencia, cualquier medio hábil y urdido que induzca a error, será apto para constituir ardid”, explica el fallo.
Además, consideraron que los condenados “incumplieron sus deberes de funcionarios públicos, ya que les correspondía realizar el seguimiento de los trámites administrativos que debían ingresar o egresar de la Subsecretaría y disponer sobre los trámites relacionados a las compras y finalmente, llevar el control patrimonial de los bienes del organismo”.n