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Luego del anuncio del ministro de Defensa, Alberto Otárola, sobre la declaratoria del Estado de Emergencia a nivel nacional desde ayer debido a las protestas en Perú, la medida se hizo oficial con un Decreto Supremo publicado en el diario oficial El Peruano.
El documento consta de siete artículos y en el primero se dictamina declarar, por el término de treinta (30) días calendario, el Estado de Emergencia a nivel nacional. La Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.
Hacen hincapié en la suspensión del ejercicio de Derechos Constitucionales, relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.
Señalan que con la vigencia del estado de emergencia declarado en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, “queda suspendida la vigencia de los Estados de Emergencia declarados en distintos departamentos del país, en los cuales la Policía Nacional del Perú se encuentra a cargo del control del orden interno”.
En el artículo 4 se habla de la intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas y cómo se efectuará conforme a lo dispuesto en distintos decretos legislativos que regulan el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas.
Se señala en el documento que dentro de los cinco días hábiles posteriores al término del estado de emergencia, “la Policía Nacional del Perú debe presentar al titular del Ministerio del Interior un informe detallado de las acciones realizadas durante el régimen de excepción y los resultados obtenidos”.
Boluarte
La presidenta, reemplazante del expresidente Pedro Castillo, aseguró ayer que las elecciones generales se podrían adelantar a diciembre de 2023, en lugar de abril de 2024 como le había propuesto al Congreso. Además, amplían a todo el país el Estado de Emergencia por 30 días.
"Legalmente los tiempos calzarían para abril de 2024. Sin embargo, haciendo reajustes esto se puede adelantar a diciembre de 2023. Antes de esa fecha, técnicamente, legalmente no calzaría", remarcó.
"En consecuencia, los peruanos de bien, hermanas y hermanos, tenemos que mantenernos y caminar dentro del margen legal, de la Constitución", finalizó Dina Boluarte.