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Editorial

Errores y omisiones graves

4 de mayo de 2022 - 01:10

Ayer comenzó el juicio para destituir a un juez de Santa Fe a raíz de uno de los casos más emblemáticos de fallo sin perspectiva de género que haya emitido un funcionario judicial en los últimos años. El magistrado cuestionado es Rodolfo Mingarini, y la principal acusación que recae sobre él es que en mayo del año pasado liberó a un imputado por abuso sexual porque utilizó preservativo. Es la principal acusación, pero no la única: también se le reprocha no admitir la prisión preventiva, en cinco causas, de imputados por abuso sexual. La repetición de resoluciones corrobora no solamente la falta de perspectiva de género, sino también una peligrosa tendencia a otorgar beneficios presuntamente indebidos a personas sospechadas de incurrir en delitos graves.

De hecho, Mingarini fue acusado por la Procuración por “incumplimiento reiterado de obligaciones del cargo y de falta o carencia de otras aptitudes esenciales para el cumplimiento de la función judicial”, así como por “ignorancia del derecho”.

En mayo del año pasado, al momento de fundamentar su decisión de liberar al supuesto violador en la audiencia de prisión preventiva, el juez cuestionado señaló: “Podemos pensar que habría habido relaciones forzadas, pero no puedo entender cómo si va a tener relaciones forzadas, empujándola, sometiéndola, se tomó el tiempo, no puedo reconstruir cómo hace para colocarse el profiláctico y luego avanzar sobre el cuerpo de la víctima que según lo que está acá, se negaba”,

Es decir, el magistrado que ahora es juzgado supone que si el hombre acusado de violar a una mujer tuvo tiempo de colocarse un preservativo, el acto sexual fue consentido, pese a otras evidencias existentes en la causa que indican lo contrario. Mingarini no tuvo perspectiva de género, es decir, no analizó los hechos desde la perspectiva de la víctima. Concluyó, equivocadamente, que solo puede considerarse abuso sexual un acto en el que existe una violencia física explícita, sin detenerse a razonar que también hay intimidación y violencia simbólica o verbal, amenazas implícitas derivadas de la asimetría de poder o fuerza física entre abusador y víctima, lo que termina configurando una relación no consentida.

Pocas veces es posible advertir un caso tan evidente de decisión judicial sin perspectiva de género. Hay otros que también carecen de este enfoque que considera imprescindible que la ley se aplique atendiendo la situación de particular vulnerabilidad en la que se encuentran muchas mujeres, o personas de la diversidad sexual, que acuden a la Justicia o son acusadas ante ella, pero sus falencias no son tan evidentes. De modo que los tribunales superiores de la Justicia deberán estar atentos a estos errores y omisiones que, en definitiva, no son meramente instrumentales, anecdóticos o de forma, sino verdaderamente graves. Los fallos sin perspectiva de género pueden dejar libre a un delincuente, o detenida a una mujer inocente.

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