domingo 25 de octubre de 2026
Mientras el uso de los vehículos crece

En Catamarca no se regula ni controla el uso de monopatines eléctricos

Un proyecto en la Legislatura y otro en el Concejo Deliberante esperan ser tratados para avanzar en una norma que adhiera a lo dispuesto por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Mientras avanza el uso de monopatines como medio de movilidad personal en la Capital, también aumenta la preocupación ante la falta de regulación de esta práctica. Sergio Leiva, director de Seguridad Vial, dijo que existe un proyecto pero no fue tratado en la Legislatura provincial para regular el uso. También en el Concejo Deliberante, un proyecto espera ser tratado desde el año pasado para establecer una norma al respecto. A nivel país, una disposición establece su regulación pero aquí no se aplica, dejando ver un vacío legal existente en la provincia a pesar de la expansión de su uso.

“El año pasado tuvimos una reunión con los senadores pero quedó solo en eso, el proyecto fue ingresado en el año 2021 en extraordinarias pero no hubo avance. En el proyecto que presenté figuran los lugares por donde pueden circular y quiénes pueden usarlo”, explicó el director de Seguridad Vial, Sergio Leiva, en declaraciones radiales.

A su vez, dijo que el vacío legal se observa y que para ello se había presentado la iniciativa. Teniendo en cuenta que las imprudencias son notables al observar que la gente lo usa incluso sin cascos, ni luces y hasta en contramano.

“Estos vehículos avanzan desde la pandemia a esta parte, existe una disposición pero no está regulado y para empaparme del tema verifiqué la legislación en España y en algunas provincias del país. En época de extraordinarias entró el proyecto, se lo trató en comisión y quedó allí y nada más”, resaltó ante la consulta de la falta de norma.

La iniciativa de Leiva no fue la única, ya que la concejal Gilda Lucía Godoy pidió el año pasado que el Ejecutivo Municipal, a través de la Dirección de Tránsito y el Juzgado de Faltas, efectúe la regulación y modificación del Código de Tránsito en adhesión a la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) con respecto a la circulación de monopatines y scooters eléctricos.

La edil explicó, el año pasado en Radio Ancasti, que un scooter eléctrico puede alcanzar una velocidad importante por lo que los conductores son vulnerables a cualquier lesión por accidente y más si no cuentan con los accesorios de protección como cascos, coderas, cintas refractarias, frenos adecuados y luces anteriores y posteriores.

En este sentido y de acuerdo con la disposición de la ANSV que regula el uso de estos tipos de vehículos para movilidad personal, el proyecto de ordenanza señala que los usuarios de monopatines y scooters deben contar en nuestra ciudad con los requisitos mínimos e indispensables para poder transitar: tener la edad de 16 años, poseer una licencia otorgada por el Centro de Emisión de Licencias de Conducir y contar con un seguro de vida.

Además, dijo que se busca reglamentar y limitar la circulación de los usuarios para transitar por las peatonales, veredas y plazas, para evitar cualquier incidente con los peatones ya que actualmente se observa que circulan, sin medidas de protección, por veredas y calles aun en contramano y ante los ojos incluso de los agentes de tránsito, que ante el vacío legal que existe no reaccionan en su control.

Tucumán

La provincia de Tucumán es la jurisdicción más avanzada del norte en cuanto al uso de los monopatines, en la vecina provincia no solo existe una norma sino que se controla que cada conductor cuente con carnet y seguro para circular por los lugares habilitados para tal fin. También hubo más de 50 secuestros hasta el año 2022 de monopatines por no cumplir con la norma vigente.

Disposición vigente

La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), organismo dependiente del Ministerio de Transporte, dictó una disposición en el año 2020 que establece que los monopatines y patinetas eléctricas sólo pueden circular por las ciudades (calles y avenidas), la velocidad máxima es 30 km/h y la utilización del casco es obligatoria. Además, este tipo de vehículos deben poseer un sistema de freno que permita una detención total del mismo e iluminación delantera y trasera. Esta nueva disposición aclara que se prohíbe su uso a menores de 16 años y que sólo podrá circular una persona, sin acompañante.

Seguí leyendo

Te Puede Interesar