El fiscal penal juvenil apeló la excarcelación del joven imputado
Presentó el recurso ante el Juzgado de Control de Garantías Penal Juvenil, donde se tramita la causa.
El pasado 30 de junio, el principal acusado por “la balacera en Las Mil” recuperó la libertad tras vencerse el plazo de 10 meses para la prisión preventiva. El joven está imputado junto con su hermano adolescente. Por esta situación, la causa se tramita en el Fuero Penal Juvenil. El hermano mayor debe responder por “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” mientras que el hermano más chico fue acusado por “abuso de armas”.
El lamentable episodio de violencia ocurrió el domingo 28 de agosto del año pasado en el populoso barrio de Las Mil Viviendas. Gonzalo Moreno, un joven de 25 años, recibió una herida de arma de fuego en la cabeza y falleció dos días después.
Oportunamente, el juez de control de garantías penal juvenil Rodrigo Morabito había fijado un plazo de 10 meses de prisión preventiva para el joven acusado. Pedro Vélez, abogado defensor de los hermanos, solicitó el cese de prisión preventiva. “En el día de la fecha se le concede la libertad bajo restricción”, había resuelto el magistrado. De esta manera, el principal imputado recuperó la libertad. No obstante, el juez Morabito había fijado fuertes restricciones. “Le sugiero que haga las cosas bien, que ni pise Las Mil Viviendas”, le recomendó también.
Ante este revés, el fiscal penal juvenil, “en tiempo y forma”, presentó al juez Morabito un recurso de apelación por la excarcelación del joven –que continúa vinculado a la causa-. “Es absolutamente equivocado el razonamiento del magistrado al crear una interpretación inédita, en beneficio de la libertad del imputado, que sacude la conciencia de lo justo porque no es un acto de filosofía del derecho sino de la interpretación jurídica de nuestra legislación vigente”, indicó el fiscal Narváez.
En este sentido, el representante del Ministerio Público Fiscal consideró “llamativo” la falta de proporcionalidad para fijar un plazo de 10 meses para la prisión preventiva “en una causa grave”. A la vez, advirtió, entre otras cuestiones, esperar el diligenciamiento de numerosa prueba o la demora en el resultado de pericias científicas diligenciadas en otra provincia.
“Su convicción era de otorgar ese plazo, una vez vencido, le corresponde la libertad con riesgo procesal. Sin perjuicio de que un hecho de esta naturaleza y la prueba a producir, sumado el tiempo de las pericias científicas que dependemos de inexorablemente de otras provincias, muy difícilmente llegue a juicio en ese plazo, más aún cuando no hubo confesión o reconocimiento de su culpabilidad”, remarcó.
Además, a criterio del fiscal es “ilógico” solicitar la prórroga a la Corte de Justicia y no al juez en la audiencia. “De ningún modo puede permitirse ese razonamiento, toda vez que la prórroga de la prisión preventiva se pide a la Corte de Justicia cuando se cumple el plazo de dos años de la medida cautelar. Es el juez quien debe conceder o no la prórroga de la prisión preventiva cuando fija un plazo de 10 meses como máximo”, sostuvo.
Balacera
El lamentable episodio de violencia ocurrió la noche del domingo 28 de agosto del año pasado en un enfrentamiento entre bandas en el domicilio de los sospechosos. El Sistema de Atención de Emergencias (SAE) 911 dio aviso a la comisaría Sexta, en el barrio de Las Mil Viviendas. De acuerdo con las primeras investigaciones, se habría producido un desorden de gran magnitud. El saldo fue de tres personas heridas; una de ellas, Gonzalo Moreno, un joven de 25 años, recibió una herida de arma de fuego en la cabeza y falleció dos días después.
Por el hecho hubo versiones cruzadas. Desde el lado de la víctima aseguran que ellos fueron a hablar para tratar de calmar los ánimos luego de que horas previas se registraran incidentes. Por su parte, desde el lado de la familia del sospechoso, señalaron que eran aproximadamente veinticinco personas y que llegaban con palos y armados. n